Incidente Nº 4 - IMPUTADO: FIGUEROA, JUAN CARLOS s/Audiencia de Acuerdo Pleno (Art. 324)
El Ministerio Público Fiscal acusó a Juan Carlos Figueroa por transporte de 33.589,6 gramos de cocaína ocultos en el torpedo de su vehículo. El Juzgado Federal de Jujuy condenó a Figueroa a cinco años y diez meses de prisión, multa de 60 unidades fijas, inhabilitación por la condena, ordenó decomisar el vehículo, $472.000 y U$S2.000 y disponer la destrucción de la droga.
¿Quién es el actor?
Ministerio Público Fiscal (representado por la Dra. Gabriela Calvo, Auxiliar Fiscal).
- Demandado / Imputado: Juan Carlos Figueroa (DNI 14.083.477).
- Objeto de la demanda: Imputación y enjuiciamiento por el delito de "Transporte de Estupefacientes" (art. 5 inc. "c" Ley 23.737) por transporte de treinta y dos (32) paquetes que arrojaron 33.589,6 gramos de cocaína, además de dinero secuestrado ($492.000 fue lo hallado inicialmente; se ordena decomiso de $472.000 y U$S2.000).
¿Qué se resolvió?
Se formuló acusación y se condenó a Juan Carlos Figueroa como autor del delito de transporte de estupefacientes, imponiéndose la pena de cinco años y diez meses de prisión, multa de sesenta unidades fijas, inhabilitación absoluta por la duración de la condena, costas, el decomiso del vehículo Renault Capture dominio AD239YT, el decomiso de $472.000 y U$S2.000 y la destrucción de la sustancia secuestrada; se ordenó que el cómputo de la pena lo haga el Juzgado de Ejecución, y se dejó constancia de la renuncia de las partes a los plazos procesales para recurrir.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes):
"Indica que tal acusación, es realizada de conformidad con lo dispuesto en los arts. 274, 278 y ccs. del Código Procesal Penal Federal y de acuerdo al hecho ilícito que se le imputo 'Transporte de Estupefacientes'; concretamente, el transporte de treinta y tres kilos con quinientos ochenta y nueve gramos (33.589) de cocaína, dicha sustancia estaba acondicionada en dos (32) paquetes rectangulares."
"Seguidamente detalla las pruebas en las que se sustenta la acusación y destaca que Juan Carlos Figueroa fue aprehendido el día del hecho, y el 14 de junio de 2024 se llevó a cabo la Audiencia de Control de Detención y Formalización de la investigación Preparatoria conforme los arts. 254 y 258 del C.P.P.F., en la que se imputó a Juan Carlos Figueroa el delito de 'Transporte de Estupefacientes'... y en esa misma audiencia se convirtió la detención del nombrado en prisión preventiva, situación que se mantiene al día de la fecha."
"Dichos paquetes se encontraban especialmente acondicionados y ocultos dentro del torpedo del vehículo de su propiedad, cuando se trasladaba por la Ruta Nacional N° 34, con conocimiento de que lo que llevaba se trataba de sustancia prohibida, ya que tuvo que ser ocultada, sin que existan en este caso eximentes o justificantes que permitan modificar el encuadre legal propuesto."
"Que, manifestado lo anterior, no habiéndose presentado nulidades ni quedando cuestiones pendientes de resolver y en función de lo acordado por la Fiscalía y la Defensa técnica del imputado, habiendo sido aceptada por el imputado la existencia del hecho, su participación en el mismo y la calificación legal; de acuerdo a las normas y fundamentos expuestos en la audiencia... es que corresponde formular acusación y condenar a Juan Carlos Figueroa por el ilícito cometido de 'Transporte de Estupefacientes', previsto y sancionado por el art. 5 inc. 'c' de la ley 23.737 en calidad de autor."
- Votos en disidencia: No hay disidencia consignada en el resolutorio final.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: