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Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: VALLEJOS, CARLOS ALBERTO Y OTRO s/INFRACCION LEY 23.737

Juicio abreviado por tenencia de estupefacientes con fines de comercialización. El Tribunal Oral Federal de Corrientes declaró admisible el juicio abreviado y condenó a Carlos Alberto Vallejos a cuatro años de prisión y multa de $1.400.000, imponiendo además decomiso y reserva de los efectos secuestrados y costas.

Juicio abreviado Ley 23.737 Tenencia con fines de comercializacion Narcotrafico Decomiso Multa $1.400.000 Condena 4 anos prision Costas Tribunal oral federal de corrientes Videoconferencia (art. 431 bis).


¿Quién es el actor?

Ministerio Público Fiscal (Fiscal: Dr. Carlos Schaefer).
- Demandado / Imputado: Carlos Alberto Vallejos, DNI 37.065.263.
- Objeto de la causa: Juicio abreviado por el delito de Tenencia de estupefacientes con fines de comercialización (art. 5° inc. c) Ley 23.737), con análisis de pruebas de investigación y allanamientos, y determinación de pena, decomiso y costas.

¿Qué se resolvió?

Se declaró formalmente admisible el juicio abreviado; se condenó a Carlos Alberto Vallejos a la pena de cuatro (4) años de prisión y multa de $1.400.000 (efectiva dentro de los 30 días de firmeza), por ser autor penalmente responsable del delito de “Tenencia de estupefacientes con fines de comercialización” (art. 5° inc. c) Ley 23.737), más accesorias y costas; se decretó el decomiso y reserva de los elementos secuestrados y la reserva de muestras de las sustancias; se intimó al pago de costas en proporción de ley; se difirió la regulación de honorarios; y se ordenaron las comunicaciones y el cómputo de pena una vez firme la sentencia. (La decisión se expone conforme al texto dispositvo final de la sentencia.)
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes): "Examinadas que fueran las presentes actuaciones, estimo que se encuentran cumplidos los requisitos para declarar formalmente admisible la aplicación del instituto del juicio abreviado, ya que la solicitud formulada en el marco de la audiencia cuenta con la conformidad del imputado y del defensor acerca de la existencia del hecho, la participación que le cupo y la calificación legal descripta en el acuerdo." "Así en el acuerdo se dijo que: 'Vallejos, admite su autoría y responsabilidad en el hecho que se le imputa en el requerimiento de elevación a juicio...' " "Por lo expuesto, y de la valoración de la prueba procedentemente relacionada, tengo acreditado el hecho tal cual se encuentra relatado y que VALLEJOS ha participado del mismo." "Por lo expuesto concluyo afirmando que se ha acreditado la responsabilidad penal del prenombrado en la comisión del delito de 'tenencia de estupefacientes con fines de comercialización' (art. 5, inc. C) de la Ley 23.737) y, en consecuencia, es propicio emitir sentencia condenatoria en ese sentido." "Por los fundamentos esgrimidos precedentemente el Tribunal RESUELVE: 1º) DECLARAR formalmente admisible el Juicio Abreviado (art. 431 bis CPPN); 2º) CONDENAR a CARLOS ALBERTO VALLEJOS DNI 37.065.263 ... a la pena de cuatro (04) años de prisión, y multa de pesos un millón cuatrocientos mil ($ 1.400 .000) ... por haberlo hallado autor penalmente responsable del delito de 'Tenencia de estupefacientes con fines de comercialización' previsto y reprimido por el artículo 5º inciso c) de la Ley 23737, más accesorias y costas legales..."
- Disidencias relevantes: No se consignan votos en disidencia en la parte resolutiva final.

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