Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: AYALA, JUAN CARLOS s/INFRACCION LEY 23.737
Imputado fue condenado por tenencia simple de estupefacientes con pena de 3 años de prisión y multa de $800.000; la pena quedó en suspenso por tres años y se ordenó el decomiso de las sustancias y la devolución del motovehículo a su titular. La Cámara (Tribunal Oral Federal de Corrientes, magistrado unipersonal) admitió el juicio abreviado, cambió la calificación a tenencia simple (art. 14 Ley 23.737) y fundamentó la decisión en la prueba pericial y la inexistencia de indicios de integración en cadena de tráfico.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Ministerio Público Fiscal (doctores Carlos Adolfo Schaefer y Tamara Ahimará Pourcel).
Demandado: Imputado Juan Carlos AYALA (DNI 39.705.385).
Objeto: Enjuiciamiento por hechos relativos a tenencia de estupefacientes; imputación por traslado/posesión de cannabis sativa con pesaje total de 3.319,5 gramos.
Decisión: Se declaró formalmente admisible el juicio abreviado; se cambió la calificación a Tenencia Simple de Estupefacientes (art. 14, primer párrafo, Ley 23.737); se condenó a Juan Carlos Ayala a 3 años de prisión y multa de $800.000 (efectiva a los 30 días de firmeza), y se dejó en suspenso el cumplimiento de la pena por tres años sujeto a condiciones; se decomisaron los elementos secuestrados (salvo la moto, cuya devolución se ordenó a quien acredite titularidad); se intimó al causante al pago de costas; se ordenó la destrucción por incineración de las muestras una vez firme la sentencia.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
1) "Tal como surge del Acta acuerdo, ... el imputado fue detenido en fecha 22 de septiembre del año 2023 ... se determinó que trasladaba 2 bultos envueltos en bolsa de consorcio con sustancia de color verde. Ante tal circunstancia se efectuó el correspondiente test orientativo, que arrojó positivo para cannabis sativa (marihuana) con un peso total de 3.319,5 gramos..."
2) "En consecuencia, y siendo el propio titular de la vindicta pública quien ofrece razones para entender que el traslado efectuado por el imputado AYALA no sería posible de engarzarlo dentro de esta cadena ilícita, entiendo que deberá hacerse lugar al cambio de calificación requerido por las partes, en el acuerdo prestado en el trámite de Juicio Abreviado."
3) "Por lo expuesto, entiendo ajustado a derecho aplicar al Sr. AYALA la pena de tres (3) años de prisión en suspenso y multa de pesos ochocientos mil ($800.000) ... como autor responsable del delito de tenencia de estupefacientes, previsto y reprimido por el artículo 14, primera parte, de la Ley 23.737."
4) Sobre la dosificación y suspensión: "Tanto la dosificación de la pena, como el ejercicio de la facultad contenida en el artículo 26 del Código Penal, la fundamento sobre la base de la edad y juventud del causante, la actitud asumida durante el evento y en el proceso, así como la impresión causada en audiencia de visu..."
5) Disposición sobre bienes y muestras: "corresponde DECOMISAR los elementos secuestrados en autos ... a excepción del motovehículo ... que corresponde su DEVOLUCIÓN a quien acredite su titularidad, conforme lo establecido en el art. 23 del Código Penal."
- Votos en disidencia: No existen votos en disidencia en el expediente; la resolución es unipersonal del magistrado interviniente en sede de Tribunal Oral Federal.
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