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Incidente Nº 3 - IMPUTADO: HINOJOSA GUTIERREZ , EMIR Y OTRO s/Audiencia de Acuerdo Pleno (Art. 324)

La Fiscalía formuló acusación por transporte de estupefacientes y propuso un acuerdo de juicio abreviado. El Juzgado homologó el “Acuerdo Pleno” y condenó a ambos imputados a cuatro años de prisión, multa de 45 unidades fijas, inhabilitación y decomiso de teléfonos, ordenando la destrucción de la droga.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Ministerio Público Fiscal / Unidad Fiscal Federal.
- A quién se demanda (Demandados): Emir Hinojosa Gutiérrez y Job Dani Castellón Vilche. Objeto: Se imputó y acusó por el delito de transporte de estupefacientes (art. 5 inc. c) Ley 23.737), por hallarse en sus asientos 2.147,7 gramos de clorhidrato de cocaína (pureza 79,3%–87,3%), valuada en $30.739.672,50. Decisión: El Tribunal dio por formulada la acusación y homologó el acuerdo pleno; condenó a Emir Hinojosa Gutiérrez y a Job Dani Castellón Vilche como co-autores penalmente responsables del delito de transporte de estupefacientes a la pena de cuatro (4) años de prisión y multa de 45 unidades fijas, con inhabilitación absoluta por el tiempo de la condena, imposición de costas, alojamientos en el Servicio Penitenciario Federal; ordenó la destrucción de la sustancia secuestrada y el decomiso de los teléfonos celulares a favor del Estado, y remitir el cómputo de pena al Juez de Ejecución.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes): "Teniendo en cuenta que no se plantearon nulidades ni quedan cuestiones pendientes de resolver, que la solicitud de juicio abreviado se encuentra acompañada de la conformidad de los imputados asistidos por su defensa técnica, sumado a que los mismos han reconocido la existencia del hecho, su participación, y la calificación legal atribuida, considerando que se mantiene la calificación atribuida por la Unidad Fiscal en virtud de los fundamentos brindados en audiencia... se declara que el 'Acuerdo Pleno' celebrado por el Ministerio Público Fiscal, los encausados y su defensa técnica, cumple con los requisitos formales de admisibilidad." "En base a los fundamentos expuestos y en mérito a las normas invocadas, R E S U E L V O: I.
- TENER POR FORMULADA LA ACUSACION... II.
- CONDENAR a Emir HINOJOSA GUTIERREZ... a la pena de cuatro (4) años de prisión y multa de 45 unidades fijas... III.
- CONDENAR a Job Dani CASTELLON VILCHE... a la pena de cuatro (4) años de prisión y multa de 45 unidades fijas..."
- Otras precisiones: La actora fiscal describió el secuestro de 2.147,7 gramos de clorhidrato de cocaína (aprox. 10.776 dosis intranasales o 13.793 dosis intravenosas), la devolución del dinero por razones humanitarias y la propuesta de expulsión anticipada de los encartados a someterse ante el Juzgado de Ejecución; la audiencia fue registrada en video y los imputados prestaron conformidad libre y voluntaria conforme art. 324 CPPF. No hubo votos en disidencia.

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