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Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: ARZAMENDIA, BRUNO RAMON Y OTRO s/INFRACCION LEY 23.737

Juicio abreviado por almacenamiento de estupefacientes contra Bruno Ramón Arzamendia y Javier Ariel Galarza. La Cámara (Juez de Cámara unipersonal) declaró admisible el juicio abreviado y condenó a ambos a 4 años y 6 meses de prisión y multa de $1.102.500 (45 unidades fijas), con accesorias, costas, destrucción de pruebas y restituciones conforme lo resuelto.

Juicio abreviado Almacenamiento de estupefacientes Marihuana


¿Quién es el actor?

Ministerio Público Fiscal (representado por el Fiscal General Subrogante Dr. Pablo Ricardo Di Loreto).
- Demandados / Imputados: BRUNO RAMÓN ARZAMENDIA (DNI 45.843.765) y JAVIER ARIEL GALARZA (DNI 30.361.704).
- Objeto de la acción: Juicio abreviado por el delito de Almacenamiento de Estupefacientes (art. 5 inc. c Ley 23.737), por hallazgo y secuestro de 655,980 kg de cannabis sativa en vivienda del Barrio El Porvenir II, Posadas.

¿Qué se resolvió?

Se declaró admisible el procedimiento de Juicio Abreviado y se condenó a BRUNO RAMÓN ARZAMENDIA y a JAVIER ARIEL GALARZA como autores del delito de Almacenamiento de Estupefacientes a la pena de cuatro años y seis meses de prisión, multa de 45 unidades fijas equivalente a $1.102.500 para cada uno, accesorias legales y costas; se ordenó la destrucción por incineración de elementos probatorios indicados, la restitución de ciertos elementos al recuperaren su libertad, y medidas complementarias (traslado, eximición de pago de honorarios al MPD, etc.), conforme detalle de la parte resolutiva.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes): 1) “Las presentes actuaciones se iniciaron en fecha 27 de noviembre del año 2023, aproximadamente a las 12:00 hs., a raíz de un llamado anónimo... En el interior del domicilio se halló un freezer, una exhibidora, una funda de rifle con diez proyectiles calibre 22, cuatro teléfonos celulares, en otra habitación... trece cajas de cartón y doce bultos de color negro envueltos en papel film conteniendo sustancia vegetal verde amarronada fraccionada en panes... el test orientativo... resultado positivo para cannabis sativa y arrojó un peso total de 655,980 kilogramos...”. 2) “El informe Químico Pericial N° 265/2023... confirmó que las muestras extraídas a los paquetes hallados, se corresponden a la sustancia Cannabis Sativa, con un peso total de 655,980 kg de marihuana, con la que se puede obtener un total de 874,640 de cigarrillos.” 3) “...El almacenamiento es una conducta de tráfico y como tal significa reunir, acopiar, guardar, tener, pero en mucha cantidad...” (cita doctrinal incorporada en el considerandos). 4) “...El legislador contempla la figura del almacenamiento de estupefacientes (art. 5°, inc. "c", de la ley 23.737), como un delito de peligro abstracto, donde se desvincula la acción del resultado...” (cita jurisprudencial de la CSJN).
- En suma, con base en la prueba reunida y la conformidad de los imputados al acuerdo de Juicio Abreviado, el tribunal consideró acreditada la conducta delictiva y fijó la pena y demás consecuencias en los términos del acuerdo fiscal. (No hubo votos en disidencia en el texto analizado.)

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