Incidente Nº 6 - IMPUTADO: DEL VALLE RAMIREZ , LUIS EDELIO s/SUSPENSION DE PROCESO A PRUEBA
Incidente iniciado para verificar cumplimiento de condiciones de suspensión del juicio a prueba respecto de tenencia de arma de guerra. El Tribunal declaró extinguida la acción penal y sobreseyó a Luis Edilio Del Valle Ramírez, disponiendo el levantamiento de las medidas cautelares por haberse cumplido las condiciones impuestas.
¿Quién es el actor?
Ministerio Público Fiscal (auxiliar fiscal que intervino: Dra. María José Meincke Patané).
¿A quién se demanda?
Luis Edilio Del Valle Ramírez.
- Objeto de la demanda: Resolución de la incidencia relativa al cumplimiento de las condiciones de la suspensión del juicio a prueba y eventual extinción de la acción penal por el delito de tenencia de arma de guerra sin la debida autorización.
¿Qué se resolvió?
El Tribunal declaró extinguida la acción penal seguida contra Luis Edilio Del Valle Ramírez por tenencia de arma de guerra sin la debida autorización, sobreseyó al imputado en la causa nro. 4068 – FSM 2790/2021/TO1/6 y dispuso el levantamiento de las medidas cautelares ordenadas oportunamente.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes del fallo):
"II.
- Corrida en vista al Representante del Ministerio Público Fiscal, la Auxiliar Fiscal Dra. María José Meincke Patané, entendió que correspondía declarar extinguida la acción penal respecto de Luis Edilio Del Valle Ramírez, de conformidad con lo dispuesto en el cuarto párrafo del artículo 76 ter del Código Penal, y proceder de acuerdo con lo establecido en el artículo 334 en función del 336 inciso 1° del C.P.P.N.
III.
- Así las cosas, se tiene por acreditado que Luis Edilio Del Valle Ramírez, ha satisfecho las condiciones de cuyo cumplimiento dependía la suspensión del juicio y, en consecuencia corresponde, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 76 ter del Código Penal y 336 inciso 1° del Código Procesal Penal de la Nación, extinguir la acción penal a su respecto y sobreseerlo.
IV.
- Asimismo, atento a la conclusión arribada precedentemente, resulta propicio disponer el levantamiento de las medidas cautelares oportunamente dictadas con relación al encausado."
- Disidencias: No consta voto en disidencia; la Parte Resolutiva final expresa la decisión del Tribunal.
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