Incidente Nº 6 - IMPUTADO: FERNANDEZ, DANIELA RAMONA s/Audiencia de Acuerdo Pleno (Art. 324)
Imputada por transporte de clorhidrato de cocaína en dos hechos aceptó procedimiento abreviado. El Juzgado Federal N°2 condenó a Daniela Ramona Fernández a 3 años de prisión en suspenso y 45 unidades fijas de multa, disponiendo su inmediata libertad y la destrucción del remanente de la droga.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Ministerio Público Fiscal, representado en audiencia por la Dra. Sofía Escudero (Auxiliar Fiscal).
Demandado: Daniela Ramona Fernández (DNI 33.491.223).
Objeto: Formulación de acusación y homologación de un “acuerdo pleno” en procedimiento abreviado por transporte de estupefacientes en dos hechos en concurso real (traslado de 946,32 g y de 4.115 g de clorhidrato de cocaína).
Decisión: Se tuvo por formulada la acusación y se condenó a Daniela Ramona Fernández a la pena de 3 años de prisión de ejecución en suspenso y 45 unidades fijas de multa, con la reducción establecida por la Ley 23.737 por el convenio de colaboración homologado; se ordenó la destrucción del remanente de la sustancia secuestrada; se dispuso su inmediata libertad; se levantó la prohibición de salida del país; se dejó constancia de la renuncia a los plazos recursivos y se remitió la intervención al Juez de Ejecución Penal correspondiente.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes):
"Ahora bien, teniendo en cuenta que no se plantearon nulidades ni quedan cuestiones pendientes de resolver, que la solicitud de juicio abreviado se encuentra acompañada de la conformidad de la imputada asistida por su defensa, sumado a que esta ha reconocido la existencia del hecho, su participación, y la calificación legal atribuida, atento a los hechos motivo de investigación, teniendo especialmente en cuenta al contenido del acuerdo de colaboración oportunamente homologado y la posibilidad de reducción de la pena que dicha colaboración implica, -cuyos argumentos fueron detallados en audiencia-, las condiciones personales de las imputada
- condiciones de extrema vulnerabilidad y ser madres de ocho hijos menores de edad, a cuyo exclusivo cuidado se encuentran-, la valoración que se hace de la totalidad de las constancias probatorias que surgen de la investigación llevada adelante por la fiscalía, las que resultan suficientes y han sido obtenidas conforme las reglas del debido proceso; sumado a que se han verificado, no solo el cumplimiento acabado de todas las previsiones de este código de forma, sino también que la admisión de los hechos efectuada por Daniela Ramona Fernández fue realizada en forma libre y bajo su expreso consentimiento (cfr. art. 4 último párr. del CPPF); se declara que el “Acuerdo Pleno” celebrado por el Ministerio Público Fiscal, la nombrada y su defensa técnica, cumple con los requisitos formales de admisibilidad."
"Por lo tanto, conforme lo dispuesto por el art. 323 C.P.P.F., solicita se condene a Daniela Ramona Fernández a la pena de 3 años de prisión de ejecución en suspenso, más 45 (cuarenta y cinco) unidades fijas de multa, por resultar autora penalmente responsable del delito de transporte de estupefacientes en dos hechos en concurso real (arts. 5 inc. “c” de la ley 23.737; y arts. 29 apartado 3°, 40, 41, 45 y 55 del CP)."
"III.
- ORDENAR la destrucción del remanente de la sustancia secuestrada, de conformidad con el art. 30 de la ley 27.737."
- Votos en disidencia: No existen votos en disidencia en el resolutorio.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: