Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: BAEZ, GABRIEL FRANCISCO Y OTRO s/SUPRESION DEL EST.CIV. DE UN MENOR (ART.139 INC.2) - SEGÚN TEXTO ORIGINAL DEL C.P. LEY 11.179 VICTIMA: B, A
Juicio abreviado por alteración del estado civil y falsificación de documentos en perjuicio de una menor. La Cámara condenó a Gabriel F. Báez a tres años de prisión de ejecución condicional y costas por dos hechos en concurso ideal y absolvió a Claudia R. Wolfart, disponiendo además reglas de conducta y la rectificación de la partida de nacimiento.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- Actor (quién demanda): Ministerio Público Fiscal (Fiscales Generales Orales Federales Dras. Vivian Andrea Barboza y Pablo Ricardo Di Loreto) y, en el procedimiento abreviado, las partes intervinientes (acta acuerdo).
- Demandado (a quién se demanda): Gabriel Francisco Báez (imputado) y Claudia Rosana Wolfart (imputada, respecto de la cual la Fiscalía desistió).
- Objeto de la demanda: Investigación y elevación a juicio por los delitos de "Alteración del estado civil y de la identidad de un menor de 10 años" y "Falsificación ideológica de instrumento público agravado" (dos hechos en concurso ideal), por la inscripción de la menor AB como hija de Báez y la inserción de declaraciones falsas en la partida de nacimiento/DNI.
- Qué se resolvió (decisión del tribunal): Se declaró admisible el juicio abreviado y, en acuerdo con lo peticionado, se condenó a Gabriel Francisco Báez a la pena de TRES AÑOS DE PRISIÓN DE EJECUCIÓN CONDICIONAL y costas como autor penalmente responsable de los delitos mencionados; se impusieron reglas de conducta (por 2 años, incluyendo fijar residencia, someterse al cuidado de la DCAEP, abstenerse de ciertos lugares y sustancias; y tareas comunitarias por un año); se absolvió a Claudia Rosana Wolfart por desistimiento de la acción penal pública; se ordenó levantar la prohibición de salida del país y rectificar la partida de nacimiento para consignar el apellido materno, entre otras medidas procesales y de archivo.
- Fundamentos principales (texto literal de los párrafos más relevantes):
1) "Por lo expuesto, conforme surge de las pruebas colectadas durante la instrucción, tengo plena convicción de que los hechos delictivos ocurrieron tal como lo tengo relatado precedentemente, y que el imputado Gabriel Francisco Báez ha participado en los mismos, en calidad de autor. Y ASÍ VOTO."
2) "Concluyo entonces que la sanción -sin desatender pautas de prevención especial y general atento a los hechos
- debe integrarse, respecto de Gabriel Franciso Báez, tal como se mencionó en el acuerdo, conforme a lo señalado en la primera cuestión una pena de TRES AÑOS DE PRISIÓN DE EJECUCIÓN CONDICIONAL como autor penalmente responsable de los delitos de ALTERACION DEL ESTADO CIVIL Y DE LA IDENTIDAD DE UN MENOR DE 10 AÑOS Y FALSIFICACIÓN IDEOLOGICA DE INSTRUMENTO PUBLICO AGRAVADO dos hechos en concurso ideal (arts. 139 inc. 2, 293 2º párrafo, 2, 5, 26, 27 bis, 28, 29 inc. 3º, 45 y 54 del CP)."
3) "Así, ante la ausencia de uno de los presupuestos indispensables del debido proceso y de la defensa en juicio, cual es la falta de la acusación pública, corresponde absolver a Claudia Rosana Wolfart del delito calificado como alteración del estado civil y de la identidad de un menor de 10 años y falsificación ideológica de instrumento público agravado ... (art. 402 del CPPN)."
- Disidencias: No hay votos en disidencia; los tres jueces adhirieron a los fundamentos y resoluciones.
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