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Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: MIRANDA OZUZA, DAISY KARINA Y OTRO s/INFRACCION LEY 23.737

Condujeron a juicio abreviado por transporte de cannabis y la Cámara (Tribunal Oral) condenó a Martínez Cabrera a 4 años de prisión y multa de $787.500 y mantuvo su prisión domiciliaria; condenó a Miranda Ozuza como partícipe secundaria a 3 años de prisión y multa de $437.500. El juez fundó la condena en la prueba pericial (pesaje y análisis de celulares), el reconocimiento de los imputados y la individualización de la pena conforme al acuerdo de abreviado.

Tenencia con fines de comercializacion Cannabis sativa Juicio abreviado (431 bis) Arresto domiciliario Decomiso Pericia telefonica Multa en unidades fijas Costas Tribunal oral en lo criminal federal Autor y participe secundaria.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Ministerio Público Fiscal, representado por el Fiscal General Dr. Rodolfo Marcelo Molina (y Dr. Sergio Mola en instrucción/eleva a juicio). Demandado: Laislao Rafael Martínez Cabrera y Daysi (Daisy) Karina Miranda Ozuza. Objeto: Imputación por tenencia de estupefacientes con fines de comercialización (traslado de 92 paquetes de cannabis sativa, 28,961 kg, ocultos en piso de vehículo) y peticiones accesorias (condena, decomiso, costas). Decisión: Se condenó a Martínez Cabrera como autor a cuatro (4) años de prisión, multa de cuarenta y cinco (45) unidades fijas equivalentes a $787.500, accesorias legales y 70% de las costas; se mantuvo su arresto domiciliario. Se condenó a Miranda Ozuza como partícipe secundaria a tres (3) años de prisión, multa de veinticinco (25) unidades fijas equivalentes a $437.500 y 30% de las costas. No se hizo lugar al decomiso del vehículo JWY-806; sí se decretó el decomiso de los celulares secuestrados y la destrucción de la droga y demás elementos incautados. La sentencia se dictó en el marco de un acuerdo de juicio abreviado (art. 431 bis CPPN) ratificado por los imputados.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de pasajes relevantes): 1) Sobre el peritaje telefónico y planificación: “Realizado el análisis de la información proporcionada se puede inferir que de las comunicaciones allí contenidas surge que existe una planificación previa del viaje que realizaron ambas personas detenidas, toda vez que en el teléfono celular Iphone 7 plus con IMEI 35921705552783, se encontraba registrado el número agendado como ‘Rafa Dakum’, cuyo perfil es coincidente con los rasgos morfológicos de Rafael Laislao Martínez Cabrera, el cual fue registrado días previos al viaje (desde el 28 de marzo de 2023), obteniéndose en esa misma línea investigativa conversaciones que establecen coordinaciones del viaje realizado.” 2) Sobre la constatación material y el señorío de la droga: “Las evidencias... mostraron que... 92 paquetes rectangulares de cannabis sativa, con un peso total de 28,961 kilogramos... se encontraban acondicionados paquetes rectangulares envueltos en un papel metalizado... para constatar que en todos ellos había idénticos paquetes, sumando un total de 92 unidades.” 3) Sobre el decomiso del vehículo (fundamento para rechazo): “...no corresponde tampoco hacer lugar al pedido de decomiso, ... ya que la sanción accesoria que se pretende se aplique aquí, aun recayendo sobre un instrumento del que puede predicarse fue empleado para la comisión del delito, no pertenece a los imputados y sí, como se informa, a un tercero cuya desvinculación material e intelectual con el hecho objeto de esta encuesta no puede desvirtuarse.”
- Disidencias: No se consignan votos en disidencia; la resolución es dictada por el Juez de Cámara Nelson Javier Jarazo en virtud del acuerdo de juicio abreviado y la prueba.

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