Incidente Nº 5 - IMPUTADO: FRÍAS, DANIEL ALEJANDRO Y OTRO s/Audiencia Multipropósito General
La Fiscalía solicitó y el Juzgado dictó el sobreseimiento de Mauro Emanuel Brezezinski por cumplimiento de un acuerdo de suspensión del proceso a prueba. El Tribunal ordenó además instar a Daniel Alejandro Frías a reconducir su acuerdo mediante depósito de $40.000 y comunicar la decisión a los registros de antecedentes.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Ministerio Público Fiscal / Unidad Fiscal (representada por la Dra. Rocío Mariscal) solicitó el sobreseimiento.
Demandado: Imputados Mauro Emanuel Brezezinsky y Daniel Alejandro Frías (investigados en la misma carpeta por hechos vinculados a contrabando/encubrimiento).
Objeto: Solicitud de sobreseimiento de Mauro Brezezinsky por cumplimiento de las condiciones de un acuerdo de suspensión del proceso a prueba; y petición de reconducción del acuerdo de suspensión del proceso a prueba respecto de Daniel Alejandro Frías, con obligación de abonar suma comprometida.
Decisión: Se hace lugar al pedido de la Unidad Fiscal y, conforme al art. 269 inc. “g” del CPPF, se dictó el sobreseimiento de Mauro Emanuel Brezezinsky por haberse extinguido la acción penal por cumplimiento del acuerdo de suspensión del proceso a prueba; se levantaron las medidas de coerción que pesaran sobre él; se instó a Daniel Alejandro Frías a reconducir el acuerdo depositando $40.000 en el merendero indicado por su defensa; y se ordenó comunicar la decisión a los organismos de antecedentes policiales y de reincidencia. (Se registren y notifíquese.)
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes):
"Que una vez iniciada la audiencia, se concedió la palabra en primer lugar a la representante de la Unidad Fiscal, Dra. Rocío Mariscal, quien explicó que solicitó la sustanciación de la misma, con el objeto de requerir el sobreseimiento del imputado Mauro Emanuel Brezezinky, en los términos del art. 269 inc. “g” del C.P.P.F., ello en virtud de que se cumplimentaron las condiciones impuestas en un acuerdo de suspensión del proceso a prueba oportunamente celebrado."
"Que llegado el momento de resolver, luego de ser oídas las partes, y teniendo en cuenta los pormenores de cómo sucedieron los hechos, los elementos reunidos en el marco de esta carpeta judicial y lo expuesto por la representante de la Unidad Fiscal y la defensa en relación a cómo se han cumplimentado las reglas de conducta impuestas al causante Brezezinsky en el marco de un acuerdo de suspensión de proceso a prueba homologado y habiéndose constatado a través del informe procedente del Registro Nacional de Reincidencia que el nombrado carece de antecedentes computables, teniendo en consideración además, que reside en el Ministerio Público Fiscal la facultad de solicitar el sobreseimiento, de acuerdo con lo previsto en los arts. 268 inc. “a” y 269 inc. “g”, luego de que la defensa prestara conformidad en esta audiencia, se dispone hacer lugar a dicha solicitud."
"Que como consecuencia de lo expuesto y, advirtiéndose que existe voluntad de cumplimiento por parte del causante Frías, a los fines de que logre completar con la totalidad de las reglas de conducta impuestas en el marco del acuerdo de suspensión del proceso a prueba oportunamente celebrado, se dispone reconducir el acuerdo, debiendo acreditar el imputado su cumplimiento."
- Votos en disidencia: No constan votos en disidencia; la resolución está firmada por la Jueza de primera instancia.
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