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DOMINGUEZ, NORA LILIANA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La actora reclamó reajustes previsionales y la exención del impuesto a las ganancias sobre retroactivos e intereses. La Cámara Federal de Mendoza rechazó el recurso de apelación interpuesto por ANSeS, confirmó la exención del impuesto sobre los retroactivos y declaró a ANSeS condenada al pago de las costas.

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¿Quién es el actor?

DOMINGUEZ, NORA LILIANA.

¿A quién se demanda?

ANSeS.
- Objeto de la demanda: Reajustes varios de haberes previsionales; pedido de que los retroactivos y los intereses derivados del reajuste queden exentos del impuesto a las ganancias; impugnación de la imposición de costas.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de Mendoza resolvió NO HACER LUGAR al recurso de apelación deducido por ANSeS, imponer las costas a la demandada vencida (art. 36 ley 27.423) y no regular los honorarios de la representación letrada de la actora por no haber intervenido en esta instancia; respecto de los honorarios de ANSeS, rige el art. 2 de la ley arancelaria.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes): "a.
- En cuanto al agravio que versa sobre la imposibilidad de afectar el retroactivo con el impuesto a las ganancias, cabe destacar que no resulta necesario hacer comparecer a la AFIP ... toda vez que no se declara la inconstitucionalidad de la norma, sino que la línea argumentativa que permite evadir al retroactivo del impuesto aludido es la propia naturaleza de las sumas devueltas que no son materia de afectación tributaria. ... le ordena de oficio, sin planteo alguno de la actora, la conducta contraria para salvaguardar la integralidad del retroactivo cuya devolución se ordena lo que no importa un pronunciamiento extra petita." "b.
- En cuanto a los intereses generados ... El artículo, más allá de establecer en su inciso c) como no exentas a las jubilaciones y pensiones, determina, en su inciso v), que el monto proveniente de actualizaciones de créditos de cualquier origen o naturaleza, se encuentra exento. Entiendo que el retroactivo, que comprende justamente la actualización monetaria de los montos del haber
- capital inicial e intereses-, conforma y comparte la naturaleza del mismo ... y se encontraría, por evidente especificidad de la norma, exento." "c.
- En cuanto al agravio de la imposición de las costas entiendo que no le asiste razón al Anses y que las mismas se impondrán a la demandada vencida, ello atento a lo resuelto recientemente por la CSJN en los autos 'MORALES, BLANCA AZUCENA C/ ANSES S/ IMPUGNACION DE ACTO ADMINISTRATIVO' de fecha 22/06/2023, donde se declara la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018, con costas para la quejosa (art. 36 de la ley nº 27.423)."
- Votos: El Dr. Gustavo Enrique Castiñeira de Dios fue el ponente y los Dres. Manuel Alberto Pizarro y Juan Ignacio Pérez Curci adhirieron; no existen votos en disidencia.

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