Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: DESIDERI, JUAN PABLO s/ENCUBRIMIENTO (ART.277)
Imputaron a Juan Pablo Desideri por encubrimiento por receptación agravado; la Cámara (Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°3, juez unipersonal) fijó nueva pena en cumplimiento del fallo de la Cámara Federal de Casación Penal y condenó a Desideri a seis meses de prisión y costas, manteniendo la declaración de reincidencia. El tribunal explicó que, conforme al pronunciamiento de la Sala II de la CFCP, corresponde aplicar la figura de encubrimiento simple y anclar la pena en el mínimo de la escala por el tiempo transcurrido en el proceso y las atenuantes ya valoradas.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Ministerio Público Fiscal (intervención del Sr. Fiscal General, Dr. Eduardo Codesido).
- A quién se demanda (Demandado / Imputado): Juan Pablo Desideri.
Objeto: Responsable penal por encubrimiento por receptación (inicialmente con agravante de ánimo de lucro); determinación de la pena conforme a la casación parcial ordenada por la Cámara Federal de Casación Penal.
Decisión: En cumplimiento de lo ordenado por la Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal, se dictó nuevo pronunciamiento sobre la pena aplicable a Juan Pablo Desideri por la figura de encubrimiento simple: pena de seis (6) meses de prisión y costas; además se ratifica la declaración de reincidencia del imputado. Se rechazaron las peticiones de suspensión de la pena en esta etapa y se consideró inoportuno el pedido de unificación de condenas por falta de pedido vigente.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripciones literales de los párrafos más relevantes):
• “En esa senda, debo señalar que no hubo controversia entre las partes en la audiencia celebrada el 28 de marzo próximo pasado, en cuanto a que se encuentran estabilizadas las pautas mensurativas atenuantes previstas en la sentencia de fecha 10 de julio de 2023 dictada por este Tribunal. Por consiguiente, esas circunstancias de atenuación mantienen plena vigencia para la determinación de la pena actual.”
• “Ello me mueve a fincar la pena en el mínimo de la escala penal del delito decidido por el superior. Sobre esa base, considero que la pena adecuada al caso es la de 6 meses de prisión y costas del proceso.”
• “VI. Respecto de la solicitud del doctor Uriz de que se deje la pena en suspenso, considero que debe ser rechazada, pues se opone a la normativa legal vigente, ya que Juan Pablo Desideri ha tenido condenas anteriores... y la sentencia dictada por el Juzgado en lo Correccional nro. 3 de San Isidro en fecha 19/09/2022 a la pena de seis meses de prisión de efectivo cumplimiento, con costas, más declaración de reincidencia) y además ya había sido declarado reincidente en una de ellas. Declaración que se encuentra aún vigente y que debe ser reiterada en esta sentencia.”
• Transcripción de la decisión de la Cámara de Casación, que motivó el reenvío: “…I. HACER LUGAR PARCIALMENTE al recurso de casación impetrado por la Defensa Oficial de Juan Pablo Desideri, CASAR PARCIALMENTE la sentencia en lo referente al agravante –ánimo de lucro
- de conformidad con los lineamientos y alcances efectuados; remitir las presentes actuaciones a su origen para que se tome nota de lo resuelto y, por intermedio de quien corresponda, previa audiencia de visu, con participación amplia de las partes, se expida sobre las penas a imponer conforme la doctrina aquí sentada. Sin costas. (470, 530 y cc del CPPN)…”.
- Disidencia relevante: En la Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal la decisión de casar parcialmente la sentencia contó con el voto mayoritario de las juezas Ledesma y Slokar; el juez Guillermo J. Yacobucci manifestó disidencia. La sentencia de este Tribunal acató el reenvío y fijó la pena conforme a lo solicitado por la casación mayoritaria.
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