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Incidente Nº 2 - IMPUTADO: SÁNCHEZ, CARLOS SEBASTIÁN Y OTRO s/Audiencia de control o revocación de normas de conducta en SPP (Art. 35, 8vo. párr.)

Incidente por incumplimiento de normas de conducta en acuerdo de suspensión del proceso a prueba; la jueza recondujo las reglas de conducta y dispuso que la defensa acredite el pago convenido de $30.000 por cada imputado en tres cuotas. La resolución ordenó remitir las constancias a la Oficina Judicial Salta para su incorporación en la carpeta.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Ministerio Público Fiscal puso en conocimiento del tribunal el incumplimiento de las reglas de conducta; la defensa (Defensoría Oficial) promovió la nueva propuesta. Demandado: Imputados Sánchez, Carlos Sebastián y Medina (otro imputado). Objeto: Control/regularización de las normas de conducta pactadas en el acuerdo de suspensión del proceso a prueba ante el incumplimiento informado; homologación de una nueva modalidad de cumplimiento (pago). Decisión: Se recondujo el cumplimiento de las normas de conducta pactadas en el acuerdo de suspensión del proceso a prueba en los términos referidos por las partes; se dispuso que la defensa acredite el cumplimiento de las nuevas medidas acordadas y que las constancias se remitan a la Oficina Judicial Salta para su incorporación en la Carpeta Judicial.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos): "I.
- Que, una vez iniciada la audiencia, en primer lugar, se concedió la palabra al representante de la Defensoría Oficial, Dr. Benjamín Solá quien expuso que se arribó a un nuevo acuerdo con el Ministerio Público Fiscal a los fines de reconducir el acuerdo de suspensión del proceso a prueba oportunamente homologado respecto de sus asistidos Sánchez y Medina. Al respecto, señaló que ambos se comprometen a abonar la suma de treinta mil pesos, en tres cuotas de diez mil pesos cada uno en la institución que detalló." "II.
- Que a su turno, la representante del Ministerio Público Fiscal sostuvo que era razonable la modificación de las reglas de conducta propuestas, ello por cuanto quedó acreditada la imposibilidad de ambos causantes de llevar a cabo las tareas comunitarias a las que antes se habían obligado. Finalmente, se adhirió al pedido de la defensa solicitando se proceda a su homologación y que la defensa acredite el cumplimiento del pago mencionado." "III.
- Que, llegado el momento de resolver, cabe advertir que el Ministerio Público Fiscal puso en conocimiento de este Tribunal el incumplimiento de las reglas de conducta por parte de los causantes, las cuales habían sido pactadas en el acuerdo de suspensión de proceso a luego de prueba homologado oportunamente y que luego de ello, la defensa realizó una nueva propuesta consistente en el pago por parte de ambos imputados de la suma de treinta mil pesos, pagaderos en tres cuotas de diez mil pesos, lo cual fue aceptado por el Ministerio Público Fiscal, por lo que corresponde reconducir el cumplimiento de las normas de conductas pactadas, debiendo ambos causantes como consecuencia de ello, cumplimentar dicho pago de esa forma en la institución detallada por la defensa y remitir las constancias pertinentes a la Oficina Judicial."
- Votos en disidencia: No registra disidencia; la resolución es dictada por la Jueza de Primera Instancia conforme lo transcripto.

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