CORSO PEREZ MERCEDES DEL VALLE c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora reclamó reajustes varios del haber previsional contra ANSES por el cálculo de la PBU y la actualización de rentas autónomas. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia apelada, ordenó el recálculo conforme a los parámetros y precedentes citados, impuso costas en la alzada y fijó honorarios de la dirección letrada en el 30% de lo regulado en la instancia anterior.
¿Quién es el actor?
CORSO PEREZ MERCEDES DEL VALLE.
¿A quién se demanda?
ANSES (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Reclamo por reajustes varios del haber previsional (PBU), actualización de remuneraciones y rentas de referencia de aportes como trabajador autónomo, determinación de topes y exención del impuesto a las ganancias sobre sumas percibidas.
¿Qué se resolvió?
Se declaró admisible el recurso de apelación deducido por la demandada y la Cámara revocó parcialmente la sentencia apelada, con el alcance expuesto en los considerandos, imponiendo las costas en la alzada por su orden y regulando los honorarios de la dirección letrada de la actora en el 30% de lo que se hubiera regulado en la instancia anterior.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos relevantes):
"Surge de los antecedentes del caso que el beneficio previsional fue otorgado con fecha de adquisición del derecho 11/2/2019 al amparo de la ley 24.241, modificada por la ley 27.426, cuerpos normativos a la luz de los que deberán ser analizadas las quejas."
"Con respecto a los agravios expresados en relación con la actualización de la PBU, cabe tener presente lo decidido por la Corte en los precedentes 'Quiroga, Carlos Alberto', 'Sandoval, Norma Mabel c/ ANSeS s/ Reajustes Varios' y 'Pichersky, Alberto Raúl c/ A.N.Se.S s/ Reajustes Varios'... constatar si el nivel de quita resultaba confiscatorio. Análisis éste que debe hacerse en la etapa de ejecución de sentencia, mediante la utilización del nivel general del índice de salarios..."
"Adviértase que la ley 27.426... dispone '…se aplicará un índice combinado entre el previsto en el inciso b) del apartado I del artículo 5º de ley 27.260 y su modificatorio y el índice establecido por la Remuneración Promedio de los Trabajadores Estables.'... De lo expuesto se infiere que medió, ya desde la entrada en vigencia de la ley una clara decisión legislativa en orden al índice que corresponde considerar a los fines de la actualización de las remuneraciones."
"En el período comprendido entre julio de 1994 y el 31 de diciembre de 2001 resulta de aplicación la doctrina emergente de los precedentes del Alto Tribunal 'D´ Este, Norma Gloria'... A partir del 1 de enero de 2002 y hasta el 31 de diciembre de 2006... procede recalcular dichos montos tomando como índice el dispuesto en el fallo 'Badaro'..."
- Disidencia / actuación: La Dra. Adriana C. Cammarata no votó por encontrarse en uso de licencia; no se registra voto en disidencia en el texto final.
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