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LUNA CELSO EMILIO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Luna promovió acción contra ANSES solicitando reajustes varios de su prestación previsional. La Cámara Federal de la Seguridad Social declaró formalmente admisible el recurso de apelación, revocó parcialmente la sentencia apelada y dispuso costas por su orden en la Alzada ante la falta de contradicción.

Luna Anses Reajustes varios Pbu Actualizacion remuneraciones Rentas autonomas Movilidad previsional Costas por su orden Ley 24.241 Ley 27.609


¿Quién es el actor?

LUNA, Celso Emilio.

¿A quién se demanda?

ANSES (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Reclamo por reajustes varios vinculados al cálculo y actualización del haber inicial de una prestación previsional (PBU), aplicación de índices para la actualización de remuneraciones y rentas de referencia de categorías autónomas, topes y exención del impuesto a las ganancias sobre sumas reconocidas.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de la Seguridad Social declaró formalmente admisible el recurso de apelación interpuesto por la demandada, revocó parcialmente la sentencia apelada (con el alcance expresado en los considerandos) y ordenó costas por su orden en la Alzada ante la falta de contradicción.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes): "Surge de los antecedentes del caso que el beneficio previsional fue otorgado con fecha de adquisición del derecho 27/7/2022 al amparo de la ley 24.241, modificada por la ley 27.609, cuerpos normativos a la luz de los que deberán ser analizadas las quejas." "Con respecto a los agravios expresados en relación con la actualización de la PBU, cabe tener presente lo decidido por la Corte en los precedentes “Quiroga, Carlos Alberto”, “Sandoval, Norma Mabel c/ ANSeS s/ Reajustes Varios” y “Pichersky, Alberto Raúl c/ A.N.Se.S s/ Reajustes Varios”, ... donde concluyó que debía considerarse, de manera concreta, qué incidencia tenía la ausencia de incrementos de uno de los componentes de la jubilación sobre el total del haber inicial y en caso de haberse producido una merma, constatar si el nivel de quita resultaba confiscatorio." "En materia de costas correspondiente a la anterior instancia, ... corresponde imponerlas por su orden (arts. 68 y 71 del CPCCN y CSJN “Morales, Blanca”, sentencia del 22 de junio de 2023 (Fallos: 346:634)). Costas por su orden en la Alzada ante la falta de contradicción (art. 68, 2º del CPCCN, art. 36 de la ley 27.423 y caso “Morales, Blanca” (Fallos: 346:634)). Las labores de la alzada realizadas por la dirección letrada de la actora se estiman en el 30% de lo que se regule en la instancia anterior por dicha actuación (art. 30 de la ley 27.423)."
- Votos/diferencias: No surge voto en disidencia en la parte resolutiva; la resolución mayoritaria es la que consta en la "PARTE RESOLUTIVA FINAL" transcripta y es la que se reproduce arriba.

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