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DIAZ, JUAN ORLANDO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Reajuste de haberes previsionales y declaración de inconstitucionalidad de norma excepcional. La Cámara Federal de Mendoza confirmó la sentencia de primera instancia, declaró inconstitucional el art. 3 del DNU 157/2018 e impuso las costas a ANSES, regulando honorarios en 30% de lo fijado en primera instancia.

Anses Reajustes previsionales Haber inicial Isbic Ripte Inconstitucionalidad dnu 157/2018 Costas Honorarios 30% Seguridad social Retroactivos


¿Quién es el actor?

Díaz, Juan Orlando.

¿A quién se demanda?

ANSES.
- Objeto de la demanda: Reclamo por reajustes varios de haberes jubilatorios y determinación del haber inicial y retroactivos; impugnación de normas administrativas y decretos vinculados a la forma de actualización de remuneraciones para el cálculo inicial del haber.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de Mendoza NO HIZO LUGAR al recurso de apelación deducido por ANSES y, en consecuencia, CONFIRMÓ la sentencia de primera instancia en cuanto fue motivo de agravio; declaró la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018 e impuso las costas a la demandada (art. 36 Ley 27.423); y reguló los honorarios profesionales en un 30% de lo establecido en primera instancia, ordenando al a quo su cálculo en pesos y UMA cuando existiere base cierta.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos del fallo): 1) "En cuanto al agravio sobre la determinación del haber inicial de los aportes realizados en relación de dependencia corresponde ratificar lo dispuesto por el Sr. Juez a quo, ya que se ha aplicado correctamente la doctrina del leading case 'Elliff'... propongo no hacer lugar al planteo del recurrente y, en consecuencia, corresponde declarar la inconstitucionalidad de oficio de la Resolución de ANSES 56/2018 y de la Secretaria de la Seguridad Social 1/2018... debiendo mantener el índice ISBIC para la actualización del haber inicial (conforme al precedente 'Elliff')." 2) "Respecto de la costas de la presente instancia... En dicho precedente, el Máximo Tribunal declaró la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018, por no verificarse la existencia de circunstancias excepcionales exigida por el artículo 99, inciso 3, de la Constitución Nacional... Por lo antedicho, corresponde declarar la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018, por los argumentos dados por la CSJN, en el precedente 'Morales' e imponer las costas de la presente instancia a la vencida (art. 36 de la ley Nº27.423)." 3) "Al respecto esta Sala ya se expidió... donde dirimió la cuestión sobre el retroactivo... Por lo expuesto se debe confirmar el resolutivo en cuanto a la exención de tributar el impuesto a las ganancias."
- Disidencias: No se registran votos en disidencia; los Dres. Pizarro, Castiñeira de Dios y Pérez Curci integraron la decisión mayoritaria (adhieren los dos últimos al voto del Dr. Pérez Curci).

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