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PALACIOS MIGUEL ANGEL c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Palacios demandó a ANSES por reajustes de haberes previsionales y recalculo de la PBU. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia apelada, sosteniendo que el análisis sobre eventual confiscatoriedad y aplicación de normas debe efectuarse en la etapa de ejecución y ordenó costas por su orden en la alzada.

Anses Reajustes Pbu Confiscatoriedad Ejecucion de sentencia Ley 24.241 Ley 27.609 Costas por su orden Precedentes quiroga/sandoval/pichersky Camara federal de la seguridad social

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: PALACIOS MIGUEL ANGEL. Demandado: ANSES. Objeto: Reclamo por reajustes varios relativos a haberes previsionales (revisión/actualización de la PBU y aplicación normativa vinculada). Decisión: Se declaró formalmente admisible el recurso deducido y se confirmó la sentencia apelada, con el alcance expresado en los considerandos; se impondrán costas por su orden en la alzada ante la falta de contradicción.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes): "Surge de los antecedentes del caso que el beneficio previsional fue otorgado con fecha de adquisición del derecho 16/8/22 al amparo de la ley 24.241, modificada por la ley 27.609, cuerpos normativos a la luz de los que deberán ser analizadas las quejas. Considerando, además, que los jueces no se hallan compelidos a seguir a las partes en todas las argumentaciones o razones aducidas, ponderando una por una y exhaustivamente, sino solo aquellas que guarden relación con lo decidido y que se consideren esenciales y decisivas para fundar sus conclusiones y llegar a la justa dilucidación del litigio. (Fallos 300:535, 302:253, entre muchos otros)." "Con respecto a los agravios expresados en relación con la actualización de la PBU, cabe tener presente lo decidido por la Corte en los precedentes “Quiroga, Carlos Alberto”, “Sandoval, Norma Mabel c/ ANSeS s/ Reajustes Varios” y “Pichersky, Alberto Raúl c/ A.N.Se.S s/ Reajustes Varios”, sentencias del 11 de noviembre de 2014, 18 de abril de 2017 y 23 de mayo de 2017, respectivamente, donde concluyó que debía considerarse, de manera concreta, qué incidencia tenía la ausencia de incrementos de uno de los componentes de la jubilación sobre el total del haber inicial y en caso de haberse producido una merma, constatar si el nivel de quita resultaba confiscatorio. Análisis éste que debe hacerse en la etapa de ejecución de sentencia." "El análisis del agravio relativo al art. 9 de la ley 24.463 debe diferirse para el momento en que se apruebe el cómputo definitivo en la etapa de ejecución, momento en que deberá declararse su irrazonabilidad si su aplicación genera diferencias superiores al 15% (cfr. “Del Azar Suaya, Abraham c/ INPS Caja Nacional de Previsión de la Industria, Comercio y Actividad civil” 25/9/1997) y (cfr. “Panizza, Alfredo José c/ Caja Nacional de Previsión de la Industria, Comercio y Actividades Civiles”, CSJN 7/4/1998)." "Costas por su orden en la Alzada ante la falta de contradicción (art. 68, 2º del CPCCN, art. 36 de la ley 27.423 y caso “Morales, Blanca” (Fallos: 346:634))."
- Votos en disidencia: No se consignan votos en disidencia en el texto remitido; la decisión expresada en la parte resolutiva es la acordada por la Sala.

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