SALVADO MABEL c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora promovió demanda contra ANSES por reajustes varios de haberes previsionales. La Cámara Federal de la Seguridad Social declaró admisible el recurso, revocó parcialmente la sentencia apelada y ordenó costas por su orden en la alzada ante la falta de contradicción.
¿Quién es el actor?
SALVADO MABEL.
¿A quién se demanda?
ANSES.
- Objeto de la demanda: Reclamo de reajustes varios sobre beneficio previsional (recalculo/actualización de la Prestación Básica Universal y otros componentes del haber).
¿Qué se resolvió?
La Cámara declaró formalmente admisible el recurso deducido por la demandada y revocó parcialmente la sentencia apelada; además, impuso las costas por su orden en la alzada por falta de contradicción (art. 68, 2º CPCCN; art. 36 ley 27.423; Caso “Morales, Blanca”).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos y citas relevantes):
"Surge de los antecedentes del caso que el beneficio previsional fue otorgado con fecha de adquisición del derecho 13/1/21 al amparo de la ley 24.241, modificada por la ley 27.426 y 27.609, cuerpos normativos a la luz de los que deberán ser analizadas las quejas."
"Con respecto a los agravios expresados en relación con la actualización de la PBU, cabe tener presente lo decidido por la Corte en los precedentes 'Quiroga, Carlos Alberto', 'Sandoval, Norma Mabel c/ ANSeS s/ Reajustes Varios' y 'Pichersky, Alberto Raúl c/ A.N.Se.S s/ Reajustes Varios'... donde concluyó que debía considerarse, de manera concreta, qué incidencia tenía la ausencia de incrementos de uno de los componentes de la jubilación sobre el total del haber inicial y en caso de haberse producido una merma, constatar si el nivel de quita resultaba confiscatorio. Análisis éste que debe hacerse en la etapa de ejecución de sentencia."
"Lo expuesto se convalida aún cuando no medie reajuste de las restantes prestaciones (PC y PAP), ya que este Tribunal, en cuanto al modo de efectuar el recálculo de la PBU, ha señalado que la comparación a la que se refiere el Alto Tribunal en el precedente 'Quiroga', debe realizarse sobre el total del haber inicial que percibe el titular..."
"En materia de costas correspondiente a la anterior instancia, ... corresponde imponerlas por su orden (arts. 68 y 71 del CPCCN y CSJN 'Morales, Blanca', sentencia del 22 de junio de 2023 (Fallos: 346:634))."
- Votos en disidencia: No consta voto en disidencia en el bloque resolutivo ni en los datos provistos; la resolución expone la decisión de la Sala en acuerdo.
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