PAFUNTO GLORIA MABEL c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora reclamó reajustes y recálculo del haber previsional (PBU) y la consideración de aportes y rentas de referencia para el cálculo del beneficio. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia apelada, impuso las costas en la Alzada por su orden y reguló los honorarios de la dirección letrada de la actora en el 30% de lo que se haya regulado en la instancia anterior.
¿Quién es el actor?
PAFUNTO GLORIA MABEL.
¿A quién se demanda?
ANSES.
- Objeto de la demanda: Reclamo por reajustes varios y recálculo del haber previsional (PBU), actualización de montos y rentas de referencia por las categorías en que revistió la actora, y cuestionamientos sobre la aplicación de topes y normas reglamentarias (ley 24.241 y sus modificatorias, reglamentaciones SSS).
¿Qué se resolvió?
La Cámara declaró formalmente admisibles los recursos, revocó parcialmente la sentencia apelada (con el alcance indicado en los considerandos), impuso las costas en la Alzada por su orden y reguló los honorarios de la dirección letrada de la actora en el 30% de lo que se haya regulado en la instancia anterior.
- Fundamentos principales (textos transcritos tal como en la sentencia):
"Surge de los antecedentes del caso que el beneficio previsional fue otorgado con fecha de adquisición del derecho 17/06/2022, al amparo de la ley 24.241, modificada por la ley 27.609, cuerpos normativos a la luz de los que deberán ser analizadas las quejas."
"Con respecto a los agravios expresados en relación con la actualización de la PBU, cabe tener presente lo decidido por la Corte en los precedentes 'Quiroga, Carlos Alberto', 'Sandoval, Norma Mabel c/ ANSeS s/ Reajustes Varios' y 'Pichersky, Alberto Raúl c/ A.N.Se.S s/ Reajustes Varios'... concluyó que debía considerarse, de manera concreta, qué incidencia tenía la ausencia de incrementos de uno de los componentes de la jubilación sobre el total del haber inicial y en caso de haberse producido una merma, constatar si el nivel de quita resultaba confiscatorio. Análisis éste que debe hacerse en la etapa de ejecución de sentencia."
"En materia de costas correspondiente a la anterior instancia, en atención a la remisión que efectúa el art. 36 de la ley 27.423 a lo normado por el libro I, título II, capítulo V del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación y luego de ponderar el resultado obtenido por las partes en la sentencia en crisis, corresponde imponerlas por su orden (arts. 68 y 71 del CPCCN y CSJN 'Morales, Blanca', sentencia del 22 de junio de 2023 (Fallos: 346:634))."
- Disidencias: No constan votos en disidencia en el bloque dispositivo final; la resolución indicada es la que prevalece.
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