Logo

Incidente Nº 1 - IMPUTADO: AMADO, JORGE LUIS s/SUSPENSION DE PROCESO A PRUEBA

Incidente de ejecución por cumplimiento de tareas comunitarias y pago de reparación por la suspensión del juicio a prueba. La Cámara (Tribunal Oral Federal de Posadas, Secretaría de Ejecución Penal) tuvo por cumplidas las tareas y ordenó remitir el legajo al juzgado de origen conforme al art. 76 ter del C.P.

Suspension de juicio a prueba Tareas comunitarias Reparacion economica Cumplimiento Ejecucion penal Art. 76 ter c.p. Dcaep/dacep Ministerio publico fiscal Remision al juzgado de origen Tribunal oral federal


¿Quién es el actor?

Legajo de Ejecución (Tribunal Oral Federal de Posadas actuando en control); Ministerio Público Fiscal informó favorablemente.
- Demandado / Ejecutado: Jorge Luis Amado (DNI 2.264.392).
- Objeto de la demanda: Control del cumplimiento de las tareas comunitarias y del pago de la reparación económica impuestos en el marco de la suspensión del juicio a prueba (art. 76 bis y 76 ter del Código Penal).

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar al control y se tuvo por cumplidas las tareas comunitarias impuestas a Jorge Luis Amado; se remitió el legajo y las actuaciones al Juzgado Federal de Primera Instancia de Oberá, Secretaría Penal, a sus efectos (art. 76 ter del C.P.).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes): "Conforme lo dispone el artículo 493 inc. 2) y 515 del C.P.P.N., esta Magistratura de Ejecución Penal asumió la competencia en el contralor de las tareas impuestas, ofreciendo al lugar donde el probado debía cumplirlas, con la obligación de informar trimestralmente el cumplimiento de las mismas como así también, su finalización una vez fenecido el plazo de cumplimiento." "A fs. 13 en fecha (14/05/2025), consta el Informe Final de la Dirección de Control y Asistencia de la Ejecución Penal 'Delegación Corrientes', adjuntando constancia de cumplimiento de las tareas no remuneradas y del pago total $. 80.000 en concepto de reparación económica obrantes a fs. 6/12." "A fs. 14 en fecha 14/05/2025, se confirió la correspondiente vista al Ministerio Público Fiscal, quien a fs. 15 opinó que: '…este Ministerio Público Fiscal entiende que se encuentran cumplidas las tareas comunitarias impuestas al encausado por el Juzgado Federal de Oberá Misiones...'." "Planteada, así las cosas, es preciso recordar que a esta Judicatura le compete el contralor de las instrucciones e imposiciones establecidas por el órgano que dispuso someter a prueba a Jorge Luis Amado no así, pronunciarse respecto a la extinción de la acción penal. Conforme lo dicho, habiéndose cumplimentado con las tareas comunitarias impuestas y el pago de la reparación económica, conforme surge de las documentales remitidas por la Delegación Corrientes de la Dirección de Control y Asistencia de la Ejecución Penal (DACEP), corresponde dar por concluido el contralor correspondiente, debiendo remitirse el presente incidente al Juzgado Federal de Primera Instancia de Oberá, Secretaría Penal a los efectos que corresponda."
- Votos en disidencia: No consta disidencia en la resolución.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar