GUIDOBONO ROBERTO SILVIO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Reclamaron reajustes varios sobre una prestación previsional (PBU) contra ANSES. La Cámara Federal de la Seguridad Social declaró admisible el recurso de ANSES y revocó parcialmente la sentencia apelada, posponiendo varios análisis cuantitativos para la etapa de ejecución y disponiendo costas por su orden en la Alzada.
¿Quién es el actor?
GUIDOBONO ROBERTO SILVIO.
¿A quién se demanda?
ANSES (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Reclamo por "REAJUSTES VARIOS" de la prestación previsional (PBU), cuestionando la actualización de la PBU, la aplicación del art. 9 de la ley 24.463 y los topes establecidos por la Resolución SSS 6/2009. Se discuten además efectos confiscatorios y la incidencia de la falta de incrementos de componentes de la jubilación sobre el haber inicial. Fecha de adquisición del derecho: 28/11/2017; alta del beneficio: 01/07/2018.
- Qué se resolvió (decisión de la Cámara): La Cámara declaró formalmente admisible el recurso deducido, revocó parcialmente la sentencia apelada con el alcance expuesto en los considerandos y ordenó costas por su orden en la Alzada por falta de contradicción.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos y citas textuales relevantes):
- "Surge de los antecedentes del caso que el beneficio previsional fue otorgado con fecha de adquisición del derecho 28/11/2017 y con fecha de alta del beneficio 01/07/2018, al amparo de la ley 24.241, cuerpo normativo a la luz del que deberán ser analizadas las quejas."
- "Con respecto al agravio expresado en relación con la actualización de la PBU, cabe tener presente lo decidido por la Corte en los precedentes 'Quiroga, Carlos Alberto', 'Sandoval, Norma Mabel c/ ANSeS s/ Reajustes Varios' y 'Pichersky, Alberto Raúl c/ A.N.Se.S s/ Reajustes Varios'... donde concluyó que debía considerarse, de manera concreta, qué incidencia tenía la ausencia de incrementos de uno de los componentes de la jubilación sobre el total del haber inicial y en caso de haberse producido una merma, constatar si el nivel de quita resultaba confiscatorio. Análisis éste que debe hacerse en la etapa de ejecución de sentencia."
- "El análisis del agravio relativo al art. 9 de la ley 24.463 debe diferirse para el momento en que se apruebe el cómputo definitivo en la etapa de ejecución, momento en que deberá declararse su irrazonabilidad si su aplicación genera diferencias superiores al 15% (cfr. 'Del Azar Suaya, Abraham c/ INPS...' y 'Panizza, Alfredo José c/ Caja Nacional...' )."
- "Respecto a los topes establecidos por la Resolución SSS 6/2009, deberá posponerse para el momento de practicarse el cómputo definitivo a la luz de los parámetros establecidos en las sentencias a ejecutar y la doctrina sentada por el Tribunal Supremo..."
- Sobre costas: "En materia de costas correspondiente a la anterior instancia... corresponde imponerlas por su orden (arts. 68 y 71 del CPCCN y CSJN 'Morales, Blanca', sentencia del 22 de junio de 2023 (Fallos: 346:634))."
- Disidencias: No se consignan votos en disidencia en el acuerdo publicado.
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