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Incidente Nº 3 - IMPUTADO: ARGOTA, ANTONELA ABIGAIL s/Audiencia de sobreseimiento (Art. 272, CPPF)

Audiencia para resolver sobreseimiento: se dictó el sobreseimiento total y definitivo de Antonela Abigail Argota por suministro de estupefacientes en grado de tentativa agravado por haberse cometido en establecimiento penitenciario. El juez confirmó que se habían cumplido las condiciones impuestas en la suspensión del proceso a prueba y ordenó la registración y notificación correspondientes.

Sobreseimiento Suspension de proceso a prueba Cumplimiento de condiciones Suministro de estupefacientes Tentativa Establecimiento penitenciario Ley 23.737 Codigo procesal penal federal arts. 35 y 269 Registro de antecedentes Juez federal de garantias

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Ministerio Público Fiscal (intervino la Sra. Auxiliar Fiscal Dra. Carolina Jorge). Demandado: ANTONELA ABIGAIL ARGOTA, DNI 35.826.476. Objeto: Petición de sobreseimiento por cumplimiento de las condiciones impuestas en la suspensión del proceso a prueba respecto del delito de suministro de estupefacientes agravado por haberse cometido en establecimiento penitenciario, en grado de tentativa (art. 5º inc. “e” en función del art. 11° inc. “e” de la ley 23.737). Decisión: Se hizo lugar al sobreseimiento total y definitivo de Antonela Abigail Argota por haberse cumplido las condiciones impuestas en la suspensión del proceso a prueba, ordenándose además la comunicación a la División Antecedentes de la Policía de la provincia de Salta y al Registro Nacional de Reincidencia, y registrándose y notificándose la resolución.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes): "Por lo expuesto en la audiencia de sobreseimiento celebrada, RESUELVO: I.
- DICTAR SOBRESEIMIENTO TOTAL Y DEFINITIVO en favor de ANTONELA ABIGAIL ARGOTA, de las demás condiciones personales ya detalladas, en relación al delito de suministro de estupefacientes agravado por cometerse en un establecimiento penitenciario, en grado de tentativa (art. 5º inc. 'e' en función del art. 11° inc. 'e' de la ley 23.737), por haberse cumplido las condiciones impuestas en la suspensión del proceso a prueba dispuesta a su favor (Arts. 35 y 269 inc. 'g' del Código Procesal Penal Federal). II.
- ORDENAR a la División Antecedentes de la Policía de la provincia de Salta y al Registro Nacional de Reincidencia. III.
- REGÍSTRAR y notificar." (Se consignan en el cuerpo de la sentencia la fecha de audiencia —22 de mayo de 2025— y la intervención del Juez Federal de Garantías, la Auxiliar Fiscal Dra. Carolina Jorge y el Defensor Oficial Dr. Benjamín Solá.)
- Votos en disidencia relevantes: No se registra disidencia; la resolución fue única y dictada por el Juez Federal de Garantías.

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