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OLGUIN MONICA CRISTINA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La actora reclamó reajustes varios contra ANSES por su prestación previsional. La Cámara Federal de la Seguridad Social, Sala I, confirmó la sentencia apelada, rechazando los agravios relativos a la ley 27.426 y la inconstitucionalidad de la ley 27.541, y ordenó costas por su orden y honorarios de alzada al 30%.

Recurso de apelacion Seguridad social Anses Reajustes Ley 27.426 Ley 27.541 Confirmacion de sentencia Costas por su orden Honorarios 30% Inconstitucionalidad


¿Quién es el actor?

Olguin Mónica Cristina (actora).

¿A quién se demanda?

ANSES.
- Objeto de la demanda: reclamo por reajustes varios de prestación previsional (beneficio adquirido el 06/12/2018).

¿Qué se resolvió?

la Cámara declaró formalmente admisible el recurso deducido y confirmó la sentencia apelada, con el alcance de los considerandos; impuso costas por su orden en la Alzada y reguló los honorarios de la dirección letrada de la actora en el 30% de lo regulado en la instancia anterior.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes): "El agravio relacionado con el art. 2º de la ley 27.426 debe ser desestimado, toda vez que en atención a la fecha de adquisición del beneficio la norma es inaplicable al caso, con independencia del momento procesal en el que fue formulado el planteo." "En cuanto al planteo relacionado con la ley 27.541 esta Sala se expidió sobre el particular en el precedente 'Nievas, Alicia Estela s/ amparos y sumarísimos' Expediente N° 18.413/2020, sentencia de fecha 7 de abril de 2021. En dicho caso se explicitaron las razones por las que se estimó que debe rechazarse la declaración de inconstitucionalidad pretendida al considerarse reunidos los extremos que legitiman la normativa de emergencia delineados por el Alto Tribunal..." "Por las razones expuestas este Tribunal considera que no se encuentra acreditada en el caso una afectación al derecho de propiedad del pretendiente, de tal magnitud, que logre sustentar la pretensión."
- Sobre costas y honorarios (transcripción): "Costas por su orden en la Alzada ante la falta de contradicción (art. 68, 2º del CPCCN, art. 36 de la ley 27.423 y caso 'Morales, Blanca' (Fallos: 346:634))." "Las labores de la alzada realizadas por la dirección letrada de la actora se estiman en el 30% de lo regulado en la instancia anterior por dicha actuación (art. 30 de la ley 27.423)."
- Disidencias: no se consignan votos en disidencia en el texto aportado; la parte resolutiva es unánime según las firmas que la rubricaron.

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