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FRIDENBERG ANA LUISA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La actora demandó a ANSES por reajustes varios del beneficio previsional. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia apelada por haber aplicado indebidamente el índice combinado de la ley 27.260 al cómputo de aportes puramente autónomos, y ordenó costas por su orden en la Alzada.

Recurso de apelacion Seguridad social Reajustes Ley 24.241 Ley 27.260 Decreto 807/2016 Aportes autonomos Indice combinado Costas Anses


¿Quién es el actor?

FRIDENBERG ANA LUISA.

¿A quién se demanda?

ANSES (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Reclamo por reajustes varios del beneficio previsional concedido (beneficio otorgado con fecha de adquisición del derecho 30/03/2004 y alta del beneficio 1/10/2004).

¿Qué se resolvió?

La Cámara declaró formalmente admisible el recurso deducido por la demandada y revocó parcialmente la sentencia apelada, con el alcance expresado en los considerandos. Además impuso las costas por su orden en la Alzada ante la falta de contradicción.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes): "Surge de los antecedentes del caso que el beneficio previsional fue otorgado con fecha de adquisición del derecho 30/03/2004 y con fecha de alta del beneficio 1/10/2004, al amparo de la ley 24.241, cuerpo normativo a la luz del que deberán ser analizadas las quejas. Considerando, además, que los jueces no se hallan compelidos a seguir a las partes en todas las argumentaciones o razones aducidas, ponderando una por una y exhaustivamente, sino solo aquellas que guarden relación con lo decidido y que se consideren esenciales y decisivas para fundar sus conclusiones y llegar a la justa dilucidación del litigio. (Fallos 300:535, 302:253, entre muchos otros)." "En relación a la queja interpuesta por el Organismo Administrativo en torno a la aplicación del índice combinado dispuesto por la ley 27.260, Dto. 807/2016 y la res. 56/18, es de señalar que, el mencionado decreto reglamentario en su artículo tercero dispone la elaboración y aprobación de un índice para la actualización de las remuneraciones de los trabajadores que hubieren prestado tareas en relación de dependencia, por lo tanto, habiendo la parte actora computado aportes puramente autónomos, corresponde revocar lo dispuesto en la sentencia apelada." "Costas por su orden en la Alzada ante la falta de contradicción (art. 68, 2º del CPCCN, art. 36 de la ley 27.423 y caso 'Morales, Blanca' (Fallos: 346:634))."
- Votos en disidencia: No consta disidencia en el bloque dispositvo final; la resolución consignada es la que obliga. (No se consignan fundamentos en disidencia en el texto aportado.)

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