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CRISTOFOLI ALBERTO RAMON c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Reclamo previsional por reajustes varios sobre haber de PBU. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia apelada y ordenó regular honorarios del profesional de la actora en el 30%, además de imponer las costas en la alzada por su orden conforme lo normado por el art. 36 de la ley 27.423 y el CPCCN.

Reajustes Pbu Anses Movilidad Ley 27.609 Ley 27.541 Costas Honorarios Prescripcion Tasa pasiva


¿Quién es el actor?

CRISTOFOLI ALBERTO RAMON.

¿A quién se demanda?

ANSES.
- Objeto de la demanda: Reajustes varios relativos a un beneficio previsional (PBU) adquirido el 05/08/2020, con reclamios sobre actualización de la PBU y aplicación de diversas normas de movilidad y emergencia (leyes 24.241, 27.426, 27.609 y 27.541, entre otras).

¿Qué se resolvió?

Se declararon formalmente admisibles los recursos deducidos y la Cámara revocó parcialmente la sentencia apelada; además, impuso las costas en la Alzada por su orden y reguló los honorarios de la dirección letrada de la actora en el 30% de lo regulado en la instancia anterior. Regístrese, notifíquese, publíquese y oportunamente remítanse.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): "Surge de los antecedentes del caso que el beneficio previsional fue otorgado con fecha de adquisición del derecho 5/8/2020 al amparo de la ley 24.241, modificada por la ley 27.426, cuerpos normativos a la luz de los que deberán ser analizadas las quejas." "Con respecto a los agravios expresados en relación con la actualización de la PBU, cabe tener presente lo decidido por la Corte en los precedentes 'Quiroga, Carlos Alberto', 'Sandoval, Norma Mabel c/ ANSeS s/ Reajustes Varios' y 'Pichersky, Alberto Raúl c/ A.N.Se.S s/ Reajustes Varios'... Análisis éste que debe hacerse en la etapa de ejecución de sentencia, mediante la utilización del nivel general del índice de salarios..." "El agravio relacionado con el art. 2º de la ley 27.426 debe ser desestimado, toda vez que en atención a la fecha de adquisición del beneficio la norma es inaplicable al caso..." "En cuanto al planteo relacionado con la ley 27.541... se estimó que debe rechazarse la declaración de inconstitucionalidad pretendida al considerarse reunidos los extremos que legitiman la normativa de emergencia delineados por el Alto Tribunal." "Corresponde la aplicación de la tasa pasiva promedio mensual que publica el Banco Central de la República Argentina (Conf. art. 10, Dto. 941/91...)." "En materia de costas correspondiente a la anterior instancia, ... corresponde imponerlas por su orden (arts. 68 y 71 del CPCCN y CSJN 'Morales, Blanca'...)." "Las labores de la alzada realizadas por la dirección letrada de la actora se estiman en el 30% de lo regulado en la instancia anterior por dicha actuación (art. 30 de la ley 27.423)."
- Disidencias relevantes: No se consignan votos en disidencia en el bloque resolutorio ni en el texto suministrado.

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