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VICTORERO HUGO DANIEL c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor demandó a ANSES solicitando reajustes varios sobre su prestación previsional (PBU) y cuestionando la aplicación de distintos topes y normas de movilidad. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia apelada, disponiendo costas en la alzada por su orden y regulando honorarios de la dirección letrada de la actora en el 30% de lo que se fije en la instancia anterior, con alcance conforme a los considerandos.

Anses Pbu Reajustes varios Ley 24.241 Ley 27.609 Movilidad previsional Costas por su orden Honorarios 30% Confiscatoriedad Camara federal de la seguridad social


¿Quién es el actor?

Victorero Hugo Daniel.

¿A quién se demanda?

ANSES.
- Objeto de la demanda: Reajustes varios respecto de la prestación previsional (PBU) adquirida el 22/10/2021; impugnación de la actualización de componentes del haber, aplicación de topes y normas de movilidad y demás cuestionamientos vinculados al cálculo del haber inicial y su eventual confiscatoriedad.

¿Qué se resolvió?

La Cámara declaró admisibles los recursos, revocó parcialmente la sentencia apelada con el alcance explicitado en los considerandos, hizo costas por su orden en la alzada por falta de contradicción y reguló los honorarios de la dirección letrada de la actora en el 30% de lo que se fije en la instancia anterior. Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos ejemplares y citas textuales relevantes):
- "Surge de los antecedentes del caso que el beneficio previsional fue otorgado con fecha de adquisición del derecho 22/10/21 al amparo de la ley 24.241, modificada por la ley 27.609, cuerpos normativos a la luz de los que deberán ser analizadas las quejas."
- "Con respecto a los agravios expresados en relación con la actualización de la PBU, cabe tener presente lo decidido por la Corte en los precedentes 'Quiroga, Carlos Alberto', 'Sandoval, Norma Mabel c/ ANSeS s/ Reajustes Varios' y 'Pichersky, Alberto Raúl c/ A.N.Se.S s/ Reajustes Varios'... donde concluyó que debía considerarse, de manera concreta, qué incidencia tenía la ausencia de incrementos de uno de los componentes de la jubilación sobre el total del haber inicial y en caso de haberse producido una merma, constatar si el nivel de quita resultaba confiscatorio."
- "En cuanto a la movilidad del haber y atendiendo a la fecha de adquisición del derecho resultan plenamente aplicables al caso la ley 27.609, reglamentarias y modificatorias, cuyas previsiones deberán observarse estrictamente al momento de practicarse el cómputo definitivo, sin que pueda reeditarse en esa etapa la cuestión constitucional..."
- "El agravio relacionado con el art. 2º de la ley 27.426 debe ser desestimado, toda vez que en atención a la fecha de adquisición del beneficio la norma es inaplicable al caso..."
- "En materia de costas correspondiente a la anterior instancia... corresponde imponerlas por su orden (arts. 68 y 71 del CPCCN y CSJN 'Morales, Blanca', sentencia del 22 de junio de 2023 (Fallos: 346:634)). Costas por su orden en la Alzada ante la falta de contradicción (art. 68, 2º del CPCCN, art. 36 de la ley 27.423 y caso 'Morales, Blanca' (Fallos: 346:634))."
- "Las labores de la alzada realizadas por la dirección letrada de la actora se estiman en el 30% de lo que se regule en la instancia anterior por dicha actuación (art. 30 de la ley 27.423)." Disidencias: No se consignan votos en disidencia en la Parte Resolutiva final ni en el expediente aportado.

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