Incidente Nº 3 - IMPUTADO: LEDEZMA TOLA, JUAN CARLOS Y OTROS s/Audiencia de Acuerdo Pleno (Art. 324)
Cuatro imputados fueron acusados y condenados por transporte de estupefacientes tras un acuerdo pleno. El Juzgado Federal homologó el acuerdo, condenó a Héctor Zambrana Mendoza, Delia Condori Cunurana, Juan Carlos Ledezma Tola y Martina Condori Miranda a 4 años de prisión efectiva y multa de 45 unidades fijas, con decomiso y destrucción de la droga.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Ministerio Público Fiscal (Dra. Claudia Elena Juane, Auxiliar Fiscal).
Demandado: Héctor Zambrana Mendoza; Delia Condori Cunurana; Juan Carlos Ledezma Tola; Martina Condori Miranda.
Objeto: Formación de causa por el delito de transporte de estupefacientes (art. 5° inc. “c” Ley 23.737) y solicitud de homologación de Acuerdo Pleno con pedido de pena.
Decisión: Se tuvo por formulada la acusación y se condenó a los cuatro imputados como coautores del delito de transporte de estupefacientes (art. 5° inc. “c” Ley 23.737) a la pena de cuatro (4) años de prisión efectiva y cuarenta y cinco (45) unidades fijas de multa conforme ley 27.302, con inhabilitación absoluta por el tiempo de la condena; se impusieron las costas, se decretó el decomiso de celulares y dinero secuestrado y la destrucción de la sustancia estupefaciente; se dejó intervención al Juzgado de Ejecución Penal y se declaró firme el resolutorio por renuncia a plazos recursivos.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos):
1) "Seguidamente, cedida la palabra a la Sra. Auxiliar Fiscal, hace saber que viene por el presente acto a formular acusación en contra de Héctor Zambrana Mendoza, Delia Condori Cunurana, Juan Carlos Ledezma Tola y Martina Condorí Miranda y a solicitar se homologue el acuerdo pleno al que han arribado las partes, en los términos de lo normado por los arts. 268 inc. b, 274 y 278 y ccs., 323 y 324 del CPPF."
2) "Así y conforme lo expuesto, formula expreso pedido de pena, conforme con lo dispuesto por el art. 323 C.P.P.F., teniendo en cuenta los parámetros mensurativos de los artículos 40 y 41 del C.P, la naturaleza de los hechos descriptos, la modalidad de comisión del ilícito investigado, la forma de acondicionamiento del tóxico, la cantidad y calidad de estupefaciente, los elementos secuestrados, las condiciones socio ambientales y económicas de los encartados, el nivele de instrucción, su calidad de extranjeros, el comportamiento procesal de los mismos, en particular la voluntad de reconocer su responsabilidad en los hechos y acogerse al procedimiento abreviado solicitando se condene a los causantes ... a la pena de cuatro (4) años de prisión efectiva y multa de cuarenta y cinco (45) unidades fijas conforme ley 27.302, con más la inhabilitación absoluta establecida por el art. 12 del C.P. por el tiempo que dure la condena, con imposición de las costas del juicio..."
3) "III.
- Seguidamente, y previo a resolver, el Tribunal procede, de conformidad con lo dispuesto por el art. 324 tercer párr. del CPPF, a interrogar a los imputados, acerca de si prestan su conformidad en forma libre y voluntaria respecto del Acuerdo Pleno expuesto en la audiencia, entendiendo sus términos, sus consecuencias y su derecho a exigir un juicio oral; ello en atención al pedido de pena efectuado por el representante fiscal, a lo que responden afirmativamente, aceptando en consecuencia, el acuerdo pleno en todo sus términos y alcances, de forma libre y voluntaria."
- Disidencias: No se registran votos en disidencia; el resolutorio declara firme el acuerdo por renuncia de las partes a los plazos recursivos.
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