EBBEKE PEDRO LUIS c/ AFIP-DIRECCION GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL s/IMPUGNACION DE DEUDA
Impugnación de deuda fiscal promovida por Ebbecke Pedro Luis contra AFIP‑Dirección General de la Seguridad Social. La Cámara Federal de la Seguridad Social declaró desierto el recurso de apelación por falta del depósito previo exigido por ley y ordenó costas por su orden.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: EBBEKE Pedro Luis.
Demandado: AFIP‑Dirección General de la Seguridad Social.
Objeto: Impugnación de deuda administrativa contenida en la Resolución N° 2024‑291‑E‑AFIP‑DVJUDC#SDGT que negó la impugnación.
Decisión: La Cámara declaró desierto el recurso de apelación interpuesto por el recurrente por no haberse cumplido con la obligación de depósito previo exigida por la normativa aplicable, e impuso las costas por su orden.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los pasajes más relevantes):
"El art.15 de la ley 18.820 (modificado por ley 23.473) expresamente dispone que '...deberá depositarse el importe de la deuda resultante de la resolución administrativa; su omisión producirá la deserción del recurso', en tanto que el art. 39 bis inc. b) del decreto ley 1285/58 establece como requisito de admisibilidad del recurso que dentro del plazo de interposición 'se hubiere depositado el importe resultante de la resolución impugnada'."
"La Corte Suprema de Justicia de la Nación ha aceptado la posibilidad de eximir de la exigencia del pago previo a la apelación en supuestos de excepción que contemplen situaciones patrimoniales concretas... A tal efecto estableció... que lo que ha de valorarse para eximir el pago inmediato ... no son las dificultades de su oblación ... sino que a través de ella, se verifique un importante desapoderamiento de bienes de la entidad (doctrina de Fallos 247:181)."
"Por tanto, siendo que en autos no se han objetivado los supuestos que autorizarían eximir a la recurrente del depósito previo exigido por los art. 15 de la ley 18.820, 39 bis del decreto ley 1285/58 ... por lo que correspondería declarar desierto el remedio procesal intentado en virtud de no haberse cumplido lo dispuesto por la normativa legal citada."
- Votos/datos adicionales: La Dra. Victoria Pérez Tognola no votó por hallarse en uso de licencia. No hubo disidencia que modifique la parte resolutiva.
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