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HEIN RAQUEL HAYDEE c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La actora promovió demanda para el recálculo del haber inicial de retiro por invalidez y su movilidad, cuestionando la aplicación de normas y resoluciones de ANSES. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia apelada, ordenó la aplicación de índices y pautas de actualización previstas en los considerandos (índice de salarios básicos, pautas del fallo Badaro, inaplicabilidad y declaración de inconstitucionalidad de la Resolución 56/2018), impuso costas en la alzada y reguló honorarios al 30%.

Anses Reajuste de haberes Ley 24.241 Indice salarios basicos (isbic) Resolucion 56/2018 Inconstitucionalidad Fallo badaro Iura novit curia Costas Honorarios 30%


¿Quién es el actor?

Hein Raquel Haydee (y, tras su fallecimiento, Raimundo Héctor Vigil como pensionista).

¿A quién se demanda?

ANSES.
- Objeto de la demanda: Reclamo por recálculo del haber inicial del retiro por invalidez y su movilidad; impugnación/declarante de inconstitucionalidad de la Resolución ANSES 56/2018, de la Ley 27.426 y decretos reglamentarios; aplicación de índices (ISBIC, entre otros) y cuestionamientos sobre tasa/interés y supuesto carácter confiscatorio de la prestación.

¿Qué se resolvió?

La Cámara declaró formalmente admisibles los recursos, revocó parcialmente la sentencia de grado con el alcance explicado en considerandos, impuso costas por su orden en la alzada por falta de contradicción y regularizó los honorarios de la dirección letrada de la actora en el 30% de lo regulado en la instancia anterior.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes): 1) "Así las cosas con relación al cuestionamiento relativo a la actualización de las remuneraciones a las que se refiere el art. 97 de la Ley 24.241, y sus modificaciones; corresponde aplicar el índice de los salarios básicos de la industria y la construcción – personal no calificado
- (Res. 140/95 conf. Res. SSS n°413/94 concordante con Res. D.E.A 63/94), en las remuneraciones percibidas por el titular hasta la fecha de adquisición del beneficio (cfr. “Elliff, Alberto c/ Anses s/ Reajustes Varios”, sentencia del 11 de agosto de 2009, CSJN)." 2) "En cuanto al índice previsto por la Resolución 56/2018, cabe destacar que este Tribunal se ha expedido en autos “Venarotti Horacio Oscar c/ANSES s/Reajustes Varios”, sentencia definitiva del Expediente Nº56.549/2015, del 12/7/2018, donde estableció la inaplicabilidad de dicha resolución toda vez que la misma fija el índice de actualización de las remuneraciones de manera retroactiva, contraviniendo lo dispuesto por el art. 7 del Código Civil y Comercial de la Nación y los fundamentos y alcance del decreto 807/16. Sin perjuicio de ello, en virtud de lo resuelto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el fallo “Blanco Lucio Orlando c/ANSeS s/Reajustes Varios”, del 18 de diciembre de 2018, donde se sostuvo que “La intervención indebida que lleva a cabo el Poder Ejecutivo Nacional –a través de la ANSeS y de la Secretaría de la Seguridad Social
- al dictar y ratificar la Resolución nº 56/2018, sin tener la potestad constitucional para hacerlo, contradice el art. 14 bis de la Ley Fundamental que conjuga el ideal representativo con la realización de los derechos sociales” (considerando 20), corresponde declarar de oficio la inconstitucionalidad de la citada Resolución de ANSES nº56/2018." 3) "Respecto a las pautas de movilidad para el período posterior al logro de la prestación hasta el 31 de diciembre de 2006, corresponde ordenar la aplicación en autos del del fallo de la CSJN “Badaro, Adolfo Valentín c/ANSES s/Reajustes Varios”, del 26.11.2007, en la medida que el incremento en el beneficio por los aumentos ya otorgados (por los decretos 1275/02, 391/03, 1194/03, 683/04, 1199/04, 748/05, 1273/05 y 764/06) sea inferior a la variación anual del índice de salarios nivel general elaborado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos."
- Otros fundamentos y decisiones importantes:
- El tribunal aplica el principio iura novit curia para utilizar la normativa aplicable (Ley 24.241) aun cuando la actora invocó un marco legal distinto.
- Rechaza la aplicación del Decreto 807/2016 y de la Ley 27.260 para el caso, por no ser de aplicación temporal o por carácter voluntario.
- Declara inadmisible, por extemporánea, la petición de declarar la inconstitucionalidad de la Ley 27.426 por no haberla planteado en la instancia de grado (art. 277 CPCCN).
- Ordena la aplicación de la tasa pasiva promedio mensual del BCRA para los intereses.
- Costas de la alzada por su orden ante falta de contradicción; honorarios de la dirección letrada de la actora fijados en 30% de lo regulado en la instancia anterior.
- Nota procesal: la Dra. Victoria P. Pérez Tognola no votó por encontrarse en uso de licencia (mención de ausencia, no disidencia).

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