Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: LOZANO , MAIRA VANESA SUM 407 2024 Y OTRO s/INFRACCION LEY 23.737
Juicio abreviado en causa por estupefacientes: el Ministerio Público Fiscal y la defensa acordaron homologar los acuerdos y condenar a las imputadas por infracciones a la Ley 23.737. El Tribunal Oral Federal de San Luis homologó los acuerdos, condenó a Maira V. Lozano a 3 años de prisión en suspenso con obligaciones accesorias y a Tamara B. Barrientos a 4 años de prisión y multa de 45 unidades fijas, conforme la calificación y penas pactadas.
¿Quién es el actor?
Ministerio Público Fiscal (doctora Mónica Spagnuolo).
- Demandadas / Imputadas: Maira Vanesa Lozano (DNI 32.410.214) y Tamara Belén Barrientos (DNI 40.485.521), asistidas por el defensor oficial Dr. Sebastián Crespo.
- Objeto de la resolución: Homologación de acuerdos de juicio abreviado celebrados entre el Ministerio Público Fiscal y las imputadas, con cambio de calificación penal respecto de Lozano y confirmación de la calificación para Barrientos, y la imposición de las penas y medidas accesorias acordadas.
¿Qué se resolvió?
Se homologaron los acuerdos de juicio abreviado y se condenó a Maira Vanesa Lozano por el artículo 14, apartado 1° de la Ley 23.737 a TRES (3) AÑOS DE PRISIÓN EN SUSPENSO, multa y costas, imponiéndosele obligaciones previstas en el art. 27 bis (inc. 1°, 2°, 3° y 8°). Se condenó a Tamara Belén Barrientos por el artículo 5° inciso c) de la Ley 23.737 a CUATRO (4) AÑOS DE PRISIÓN y multa de 45 unidades fijas. (La presente descripción coincide con la parte dispositiva transcripta).
- Fundamentos principales (textos transcritos literales del fallo):
"La imputada manifestó su conformidad con la existencia de los hechos y su participación en ellos, por lo que a su criterio resulta innecesario la celebración de un debate oral y público."
"El Ministerio Público Fiscal solicitó la recalificación legal de la conducta inicialmente imputada ... a la figura residual de tenencia simple de estupefacientes (art. 14 apartado primero Ley 23.737). Dicha modificación se fundamenta en que, a pesar de los indicios, los elementos de prueba colectados no son contundentes para imputar la actividad de comercio, sumado a la moderada cantidad de estupefacientes secuestrados (10,8 gramos de cocaína)."
"Cuando existe duda razonable acerca del destino de la sustancia (consumo personal o comercialización), la situación no puede resolverse de modo tal de ocasionar un encuadre más gravoso para los imputados, debiendo aplicarse la figura de tenencia simple." (cita jurisprudencial).
"Analizado el acuerdo de juicio abreviado alcanzado por las partes... cabe admitir que la representante de ese Ministerio Público Fiscal ha dado razones suficientes para sostener la readecuación de la imputación."
"En virtud de todo ello; SE RESUELVE: 1. HOMOLOGAR los acuerdos de juicio abreviado... 2. CONDENAR a MAIRA VANESA LOZANO ... 3. IMPONER a Maira Vanesa Lozano... 4. CONDENAR a TAMARA BELÉN BARRIENTOS..."
- Votos en disidencia: No se consignan votos en disidencia en la parte resolutiva ni en el expediente; la decisión es unánime en la homologación y condenas según la parte resolutiva.
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