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SASTRE ANGEL OMAR c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Reclamo de reajustes varios sobre beneficio previsional (PBU) y exención de impuesto a las ganancias. La Cámara Federal de la Seguridad Social declaró admisible el recurso de apelación y revocó parcialmente la sentencia apelada, imponiendo costas en la Alzada y fijando honorarios de la dirección letrada de la actora en el 30% de lo regulado en la instancia anterior.

Reajustes varios Pbu Quiroga Confiscatoriedad Impuesto a las ganancias Costas en la alzada Honorarios 30% Ley 27.423 Anses Seguridad social.


¿Quién es el actor?

Sastre Ángel Omar.

¿A quién se demanda?

ANSES.
- Objeto de la demanda: Reclamo por reajustes varios del haber previsional (PBU y demás componentes) y cuestión sobre la exención del impuesto a las ganancias respecto de las sumas reconocidas.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de la Seguridad Social declaró formalmente admisible el recurso deducido por la demandada y revocó parcialmente la sentencia apelada, con el alcance expresado en los considerandos. Asimismo, impuso las costas en la Alzada por su orden y reguló los honorarios de la dirección letrada de la actora en el 30% de lo que se hubiera regulado en la instancia anterior.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes): "Surge de los antecedentes del caso que el beneficio previsional fue otorgado con fecha de adquisición del derecho 20/02/2018 al amparo de la ley 24.241, modificada por la ley 27.426, cuerpos normativos a la luz de los que deberán ser analizadas las quejas. Considerando, además, que los jueces no se hallan compelidos a seguir a las partes en todas las argumentaciones o razones aducidas, ponderando una por una y exhaustivamente, sino solo aquellas que guarden relación con lo decidido y que se consideren esenciales y decisivas para fundar sus conclusiones y llegar a la justa dilucidación del litigio. (Fallos 300:535, 302:253, entre muchos otros)." "Con respecto a los agravios expresados en relación con la actualización de la PBU, cabe tener presente lo decidido por la Corte en los precedentes 'Quiroga, Carlos Alberto', 'Sandoval, Norma Mabel c/ ANSeS s/ Reajustes Varios' y 'Pichersky, Alberto Raúl c/ A.N.Se.S s/ Reajustes Varios', sentencias del 11 de noviembre de 2014, 18 de abril de 2017 y 23 de mayo de 2017, respectivamente, donde concluyó que debía considerarse, de manera concreta, qué incidencia tenía la ausencia de incrementos de uno de los componentes de la jubilación sobre el total del haber inicial y en caso de haberse producido una merma, constatar si el nivel de quita resultaba confiscatorio. Análisis éste que debe hacerse en la etapa de ejecución de sentencia, mediante la utilización del nivel general del índice de salarios elaborado por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos, para el período 2002-2006 y con posterioridad, de los respectivos aumentos generales otorgados por la ley 26.198, decretos 1346/07, 279/08 y leyes 26.417, 27.426, 27.609 y sus modificatorias. (Fallos 330:4866)." "En cuanto a los agravios en torno a la exención de pago del impuesto a las ganancias sobre las sumas resultantes a favor del actor, sin perjuicio del criterio sostenido en reiteradas oportunidades por esta Sala y conforme la doctrina sentada por la Corte en Fallos 212:51 325:2713, 332:1488 entre muchos otros, sobre la autoridad institucional de sus fallos; cabe advertir que ella se ha expedido en autos 'García, María Isabel c/ AFIP s/ acción meramente declarativa de inconstitucionalidad', del 26/3/2019, en donde destacó que el caso debía resolverse sobre la base de la naturaleza eminentemente social del reclamo efectuado, garantizando la 'igualdad real de oportunidades y de trato' a favor de los jubilados, como grupo vulnerable (art. 75 inc. 23)." "En materia de costas correspondiente a la anterior instancia, en atención a la remisión que efectúa el art. 36 de la ley 27.423 a lo normado por el libro I, título II, capítulo V del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación y luego de ponderar el resultado obtenido por las partes en la sentencia en crisis, corresponde imponerlas por su orden (arts. 68 y 71 del CPCCN y CSJN 'Morales, Blanca', sentencia del 22 de junio de 2023 (Fallos: 346:634))."
- Votos/datos procesales relevantes: La Dra. Victoria P. Pérez Tognola no votó por encontrarse en uso de licencia. No hay disidencia firmada; la decisión consignada en la parte resolutiva es la que integra la resolución de la Cámara.

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