Incidente Nº 3 - IMPUTADO: MARTI, MAXIMILIANO AARON s/Audiencia de Debate con Tribunal unipersonal (Arts. 55, inc. A, y 294)
Acusado fue juzgado por comercio de estupefacientes por venta de cannabis en Plaza Chile. El tribunal condenó a Maximiliano Aaron Marti por el delito previsto en el art. 5 inc. c) de la Ley 23.737 y le impuso la pena de cuatro años de prisión y multa de cuarenta y cinco unidades fijas, disponiendo además la destrucción de la sustancia y el decomiso del dinero.
- Actor (quién demanda / acusa): Ministerio Público Fiscal, representado por la Dra. Patricia Santoni.
- Demandado (imputado): Maximiliano Aaron Marti.
- Objeto de la demanda: Enjuiciamiento por el delito de comercio de estupefacientes (art. 5 inc. c Ley 23.737) por la venta de 27,6 gramos de flores de cannabis sativa en Plaza Chile el 14/11/2024.
¿Qué se resolvió?
Se consideró probado que Maximiliano Aaron Marti cometió el delito de comercio de estupefacientes por la venta de 27,6 g de cannabis sativa a Felipe Salazar el 14/11/2024 en Plaza Chile, y se condenó a Marti a la pena de cuatro (4) años de prisión y multa de cuarenta y cinco (45) unidades fijas; además se ordenó la destrucción de la sustancia secuestrada y el decomiso del dinero (art. 30 Ley 23.737).
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos del fallo):
1) "De los mensajes intercambiados – que fueron extraídos de la pericia tecnológica realizada al teléfono celular de Aaron Marti y presentados por el Ministerio Público Fiscal
- a mi juicio, surge a la puesta de acuerdo para la venta de estupefacientes entre el acusado y Felipe Salazar."
2) Se reproducen mensajes clave: "Cuanto seria los 35 g" (14/11/2024 19:01:03 UTC+0); "Hermano te puedo dejar los 20 en 75 bro" (14/11/2024 19:29:41 UTC+0); "Entonces donde nos juntamos? ... Plaza Chile q es mas tranqui puede ser?" (14/11/2024 19:33:14 UTC+0). El sentenciante añadió: "Este intercambio de mensajes, me permite tener por acreditado que el encuentro entre Felipe Salazar y Marti en la Plaza Chile, previo a la requisa practicada sobre ellos por personal policial, fue convenida a través del servicio de mensajería instantánea, donde se pactó que 'Felipe' le compraría a Marti estupefacientes en la Plaza Chile."
3) Sobre la habitualidad: "En mérito a lo expuesto y de las probanzas traídas a juicio, tengo acreditado que Maximiliano Aaron Marti se dedicaba de forma habitual al comercio de estupefacientes." Se citan conversaciones con otros contactos ofreciendo precios y formatos (ej. "HAY G premium 'mandarina Kush'... 1g x $6500, 2g x $12000. Armados '1x$3000, 2 x $5500, 3 x $7000'").
4) Sobre la convicción y pena: "considero responsable penalmente a Maximiliano Aaron Marti, del delito de comercio de estupefacientes, artículo 5 inciso c de la Ley 23.737, por la venta de 27,6 gramos de flores de cannabis sativa a Felipe Salazar..."; y "encuentro que la pena de CUATRO (4) AÑOS DE PRISIÓN y MULTA DE CUARENTA Y CINCO UNIDADES FIJAS, está justificada a la luz de las pautas de los artículos 40 y 41 del Código Penal."
5) Medidas accesorias: "Finalmente, deberá procederse a la destrucción de la sustancia estupefaciente secuestrada en la causa y al decomiso del dinero habido en los procedimientos (art. 30 de la Ley N.º 23.737)."
- Disidencias: no consta voto en disidencia; la resolución está firmada por el Juez de Cámara Alejandro W. O. Piña conforme los fundamentos asentados.
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