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LIBERATORE SILVIA GRACIELA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La actora demandó a ANSES por reajustes varios del haber previsional. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia apelada, declaró la inconstitucionalidad del Decreto 807/16 para el caso y ordenó regular honorarios y costas conforme lo resuelto.

Anses Reajustes Decreto 807/16 Inconstitucionalidad Indice de actualizacion Remuneraciones Haber inicial Ley 24.241 Costas Honorarios (30%)


¿Quién es el actor?

Liberatore Silvia Graciela (actora).

¿A quién se demanda?

ANSES.
- Objeto de la demanda: Reclamo por reajustes varios vinculados al cálculo del haber inicial y su actualización (aplicación de índices y actualización de remuneraciones aportadas) y cuestiones accesorias (impuesto a las ganancias, intereses, tasa de sustitución, tope de la ley 24.241, etc.).

¿Qué se resolvió?

La Cámara declaró formalmente admisibles los recursos deducidos y revocó parcialmente la sentencia apelada con el alcance consignado en los considerandos; impuso las costas en la Alzada por su orden y reguló los honorarios de la dirección letrada de la actora en el 30% de lo que se regule en la instancia anterior.
- Fundamentos principales (transcripción de los pasajes más relevantes): "Habiendo la titular de autos obtenido su prestación con fecha de alta posterior a agosto de 2016, corresponde -'brevitatis causae', y en razón de que como regla, la doctrina de los fallos de la Corte Suprema tiene carácter obligatorio para los tribunales inferiores ...
- remitirse a los citados fundamentos del precedente 'Blanco' y en consecuencia, declarar la inconstitucionalidad del Dto. 807/16." "Con relación al cuestionamiento relativo a la actualización de las remuneraciones a las que se refiere el art. 24, inciso a) y las mencionadas en el art. 97 de la Ley 24.241, y sus modificaciones; corresponde aplicar el índice de los salarios básicos de la industria y la construcción -personal no calificado
- ... en las remuneraciones percibidas por el titular hasta el 28 de febrero de 2009. A partir de allí, y hasta la fecha de adquisición del beneficio se aplicará la pauta de actualización fijada por la ley 26.417." "La demandada deberá abonar las diferencias resultantes entre las sumas percibidas y las que debió percibir conforme al cálculo respectivo. A los fines de la consignación de los haberes percibidos se deberán considerar los aumentos fijados en el decreto 279/2008 y en la Resolución de ANSES 298/2008, en caso de corresponder."
- Otros puntos relevantes (citas): "Los aportes que se hubieran efectuado mediante la adhesión a un plan de facilidades de pago, para acceder al beneficio no serán objeto de actualización." "Corresponde la aplicación de la tasa pasiva promedio mensual que publica el Banco Central de la República Argentina..." "Imponer las costas en la Alzada por su orden, en atención a la remisión que efectúa el art. 36 de la ley 27.423 ..."
- Disidencia / ausencia: La Dra. Viviana P. Piñeiro no votó por encontrarse en uso de licencia (señalado en el cuerpo del fallo). No se registra voto en disidencia que modifique la parte resolutiva.

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