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ARCA s/EJECUCION FISCAL - ARCA (Ex A.F.I.P.)

Ejecución fiscal por boleta de deuda contra una contribuyente. El Juzgado Federal de Moreno declaró expedita la ejecución, habilitó a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero para proceder hasta obtener el pago íntegro del capital e intereses e impuso las costas a la ejecutada.

Ejecucion fiscal Boleta de deuda Ley 11.683 Art. 92 Agencia de recaudacion y control aduanero Intimacion de pago Costas Declaro expedita Juzgado federal de moreno Ejecucion administrativa


¿Quién es el actor?

Agencia de Recaudación y Control Aduanero (parte actora/ejecutante).

¿A quién se demanda?

la parte ejecutada (no individualizada por nombre en la parte transcripta).
- Objeto de la demanda: ejecución de deuda fiscal reclamada en una boleta de deuda, con exigencia de capital e intereses.

¿Qué se resolvió?

Se declaró expedita la ejecución de la deuda contra la demandada, quedando la Agencia de Recaudación y Control Aduanero habilitada para llevarla adelante hasta obtener el íntegro pago del capital requerido en la boleta de deuda con más sus intereses; se impusieron las costas del proceso a la ejecutada; se ordenó registrar, notificar administrativamente y archivar oportunamente.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes del decisorio): "Que la ejecutada fue debidamente intimada de pago tal como surge del mandamiento obrante en autos, no habiendo opuesto excepciones la parte demandada dentro del término legal, de conformidad con lo dispuesto por el art. 92 de la ley 11.683, modificada por ley 25.239. Que de conformidad con lo previsto en el último párrafo del artículo citado, corresponde expedir la constancia de tal situación y declarar expedita la vía. Por ello y citas legales invocadas, RESUELVO: Declarar expedita la ejecución de la deuda contra la demandada quedando la Agencia de Recaudación y Control Aduanero habilitada para llevarla adelante hasta obtener el íntegro pago del capital requerido en la boleta de deuda motivo de los presentes obrados con más sus intereses.- Imponer las costas del proceso a la ejecutada.- Regístrese, notifíquese administrativamente y oportunamente archívese.-" (No consta voto en disidencia en el material suministrado.)

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