FERNANDEZ HUGO ROBERTO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor promovió demanda contra ANSES solicitando reajustes varios sobre su prestación previsional. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia apelada y ordenó costas por su orden en la alzada, fundando la decisión en el análisis de topes y precedentes constitucionales y de la Corte Suprema.
¿Quién es el actor?
FERNANDEZ HUGO ROBERTO.
¿A quién se demanda?
ANSES.
- Objeto de la demanda: Reclamo por reajustes varios sobre beneficio previsional (revisión y recomposición de la PBU y aplicación de topes y normas de la ley 24.241 y sus modificatorias).
¿Qué se resolvió?
La Cámara declaró formalmente admisible el recurso de apelación deducido por la demandada y revocó parcialmente la sentencia apelada; asimismo impuso las costas por su orden en la Alzada ante la falta de contradicción.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de pasajes relevantes):
"Con respecto a los agravios expresados en relación con la actualización de la PBU, cabe tener presente lo decidido por la Corte en los precedentes “Quiroga, Carlos Alberto”, “Sandoval, Norma Mabel c/ ANSeS s/ Reajustes Varios” y “Pichersky, Alberto Raúl c/ A.N.Se.S s/ Reajustes Varios”... donde concluyó que debía considerarse, de manera concreta, qué incidencia tenía la ausencia de incrementos de uno de los componentes de la jubilación sobre el total del haber inicial y en caso de haberse producido una merma, constatar si el nivel de quita resultaba confiscatorio."
"En orden a la razonabilidad de los arts. 9 y 25 de la ley 24.241, el examen de constitucionalidad debe ser concretado a la luz de lo decidido por el Alto Tribunal en el precedente 'Gualtieri' ( Fallos 340:411), donde se sostuvo que 'permitir que el trabajador que cotizó solo por una parte de su salario de actividad en virtud del límite contenido en el art. 9° de la ley 24.241, obtenga una prestación que incluya las sumas por las que no contribuyó al sistema, constituiría un verdadero subsidio contrario a la protección del esfuerzo contributivo realizado por el conjunto de los afiliados'."
"En materia de costas correspondiente a la anterior instancia... corresponde imponerlas por su orden (arts. 68 y 71 del CPCCN y CSJN 'Morales, Blanca', sentencia del 22 de junio de 2023 (Fallos: 346:634)). Costas por su orden en la Alzada ante la falta de contradicción (art. 68, 2º del CPCCN, art. 36 de la ley 27.423 y caso 'Morales, Blanca' (Fallos: 346:634))."
- Disidencias: No consta voto en disidencia en la parte resolutiva ni en el cuerpo remitido; la decisión consignada en la parte resolutiva es la que prevalece.
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