ALDEJO OSCAR VICENTE c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Reclamo de reajustes previsionales contra ANSES por cálculo del haber inicial y actualizaciones. La Cámara Federal de la Seguridad Social declaró admisibles los recursos, revocó parcialmente la sentencia apelada, impuso costas por su orden y reguló honorarios de la dirección letrada de la actora en el 30% de lo que se le reconozca en la instancia anterior.
¿Quién es el actor?
ALDEJO OSCAR VICENTE.
¿A quién se demanda?
ANSES (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Reajustes varios vinculados al cálculo del haber inicial jubilatorio y sus actualizaciones (revisión de actualizaciones de PBU, remuneraciones, montos de referencia, aplicación de distintos índices y normas —ej. ley 24.241, ley 26.417, decreto 807/2016, Resol. ANSES 56/2018— y liquidación definitiva).
¿Qué se resolvió?
La Cámara declaró formalmente admisibles los recursos deducidos, revocó parcialmente la sentencia apelada con el alcance explicado en los considerandos, estableció costas por su orden en la Alzada por falta de contradicción y reguló los honorarios de la dirección letrada de la actora en el 30% de lo que se regule a su favor en la instancia anterior.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes):
"La petición referida a la aplicación del decreto 807/2016 no puede prosperar, toda vez que el decreto en cuestión limitó los ajustes a las prestaciones que se otorgasen con alta mensual a partir de agosto de 2016, mientras que el actor ha adquirido su beneficio con anterioridad a dicha fecha."
"Sin perjuicio de ello, en virtud de lo resuelto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el fallo “Blanco Lucio Orlando c/ANSeS s/Reajustes Varios”, del 18 de diciembre de 2018, donde se sostuvo que “La intervención indebida que lleva a cabo el Poder Ejecutivo Nacional –a través de la ANSeS y de la Secretaría de la Seguridad Social
- al dictar y ratificar la Resolución nº 56/2018, sin tener la potestad constitucional para hacerlo, contradice el art. 14 bis de la Ley Fundamental que conjuga el ideal representativo con la realización de los derechos sociales” (considerando 20), corresponde declarar de oficio la inconstitucionalidad de la citada Resolución de ANSES nº56/2018."
"Costas por su orden en la Alzada ante la falta de contradicción (art. 68, 2º del CPCCN, art. 36 de la ley 27.423 y caso “Morales, Blanca” (Fallos: 346:634)). Las labores de la alzada realizadas por la dirección letrada de la actora se estiman en el 30% de lo que se regule en la instancia anterior por dicha actuación (art. 30 de la ley 27.423). Por ello el Tribunal, RESUELVE: 1) Declarar formalmente admisibles los recursos deducidos. 2) Revocar parcialmente la sentencia apelada, con el alcance expresado en los considerandos precedentes, 3) Costas por su orden en la Alzada ante la falta de contradicción (art. 68, 2º del CPCCN, art. 36 de la ley 27.423 y caso “Morales, Blanca” (Fallos: 346:634)), 4) Regular los honorarios de la dirección letrada de la actora en el 30% de lo que se regule a su favor en la instancia anterior."
- Disidencias: No constan votos en disidencia en la parte resolutiva; la decisión consignada es la que configura el acuerdo de la Cámara.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: