Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: R.L.A.E. Y OTRO s/ROBO CON ARMAS DAMNIFICADO: NN
Imputado menor fue declarado coautor de tres robos en grado de tentativa, uno agravado por el uso de arma. La Cámara (Tribunal Oral de Menores) condenó a A.E.R.L. a un año y seis meses de prisión en suspenso, ordenó su inmediata libertad y dispuso costas.
¿Quién es el actor?
Ministerio Público / Fiscalía (Dra. María Fernanda Poggi) ejerce la acción penal; actúa en la causa el Tribunal Oral de Menores nro. 1.
- Demandado / Imputado: A.E.R.L. (menor cuyo expediente tutelar figura como R.L.).
- Objeto de la demanda: Juicio por delitos de robo agravado por el uso de arma en grado de tentativa (causa 49.800/2023) y robo en grado de tentativa reiterado (dos hechos) (causas 68.195/2024 y 1.281/2024).
¿Qué se resolvió?
Se declaró a A.E.R.L. coautor penalmente responsable de los hechos imputados y se lo condenó a la pena de un año y seis meses de prisión en suspenso y costas; asimismo, se ordenó su inmediata libertad (para hacerse efectiva desde la Comisaría 15A), con comunicación al Juzgado en lo Criminal y Correccional nro. 37 y demás actuaciones pertinentes.
Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes de la sentencia):
"Integrado el Tribunal Oral de Menores nro. 1, en forma unipersonal por el Sr. Juez de Cámara, Dr. David Perelmuter, con la presencia de la Secretaria Dra. Beatriz Klinkovich, para dictar sentencia en las causas nro. CCC49.800/2023/TO01 (Nro. 11.431 del registro interno del Tribunal) y sus acumuladas causa CCC1.281/2024/TO01 (Nro. 11.622 del registro interno del Tribunal) y CCC68.195/2024/TO01 (Nro. 12.031 del registro interno del Tribunal), seguidas a A.E.R.L. ................." "De conformidad con lo establecido en los artículos 398, 399, 400 y concordantes del Código Procesal Penal de la Nación, y de haberse analizado las constancias existentes y la subordinación legal que las partes le dieran a su objeto procesal, en los términos del artículo 431bis, incisos 2 y 5 del citado cuerpo legal; habiéndose efectuado las presentaciones del caso, con la conformidad pertinente, se decide dar a conocer la parte dispositiva de la sentencia dictada en la fecha, fijando la audiencia del día 22 de agosto de 2025, a las 13:30 horas, para la lectura integral de sus fundamentos, por ello el tribunal RESUELVE:" "I) Declarar a A.E.R.L., ya filiado en el encabezamiento, coautor penalmente responsable delito de robo agravado por el uso de arma en grado de tentativa
- causa 49.800/2023 -; robo en grado de tentativa reiterado (dos hechos) -causas 68.195/2024 y 1.281/2024
- (artículos 42, 45, 55, 164 y 166 inc. 2 primer párrafo del Código Penal y art. 4 del decreto ley 22.278)." "II) Condenar a A.E.R.L. a la pena de un año y seis meses de prisión en suspenso y costas, en orden a los delitos por los cuales fue declarado penalmente responsable en el punto dispositivo que antecede (artículos 5, 26, 29 inciso 3, 40, 41, 42, 45, 55, 164 y 166 inc. 2 del Código Penal; 530, 531 y 533 del Código Procesal Penal de la Nación y art. 4 del decreto ley 22.278)." "III) Ordenar la inmediata libertad de A.E.R.L., la que deberá hacerse efectiva en el día de la fecha desde la Comisaria 15A de la Policía de la Ciudad de Buenos Aires, la que no se hará efectiva por encontrarse detenido a disposición conjunta con el Juzgado en lo Criminal y Correccional nro. 37. Comuníquese lo aquí decidido a la Comisaria Vecinal nro 15A de la Policía de la Ciudad de Buenos Aires y al Juzgado en lo Criminal y Correccional nro. 37 en relación con la causa nro. 38525/2025."
Disidencias: No consta voto en disidencia; la resolución fue dictada en forma unipersonal por el Juez de Cámara interviniente y la parte resolutiva es la aquí transcripta.
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