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ARCA s/EJECUCION FISCAL

Ejecución fiscal pedida por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero por boleta de deuda por capital e intereses. El juzgado declaró expedita la ejecución, habilitó a la Agencia para proceder hasta obtener el pago íntegro y le impuso las costas a la ejecutada.

Ejecucion fiscal Ley 11.683 Intimacion de pago Declaracion de via expedita Agencia de recaudacion y control aduanero Costas Boleta de deuda Intereses Juzgado federal Ejecucion de credito publico


¿Quién es el actor?

Agencia de Recaudación y Control Aduanero (parte ejecutante).

¿A quién se demanda?

la parte ejecutada (no individualizada en la parte resolutiva).
- Objeto de la demanda: ejecución de deuda derivada de una boleta de deuda por capital y sus intereses, conforme al procedimiento de ejecuciones fiscales regulado por el art. 92 de la Ley 11.683, modificada por la Ley 25.239.

¿Qué se resolvió?

Se declaró expedita la ejecución de la deuda contra la demandada, quedando la Agencia de Recaudación y Control Aduanero habilitada para llevarla adelante hasta obtener el íntegro pago del capital requerido en la boleta de deuda con más sus intereses; se imputaron las costas del proceso a la ejecutada.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes): "Que la ejecutada fue debidamente intimada de pago tal como surge del mandamiento obrante en autos, no habiendo opuesto excepciones la parte demandada dentro del término legal, de conformidad con lo dispuesto por el art. 92 de la ley 11.683, modificada por ley 25.239." "Que de conformidad con lo previsto en el último párrafo del artículo citado, corresponde expedir la constancia de tal situación y declarar expedita la vía." (Bloque dispositivo) "RESUELVO: Declarar expedita la ejecución de la deuda contra la demandada quedando la Agencia de Recaudación y Control Aduanero habilitada para llevarla adelante hasta obtener el íntegro pago del capital requerido en la boleta de deuda motivo de los presentes obrados con más sus intereses.
- Imponer las costas del proceso a la ejecutada.
- Regístrese, notifíquese administrativamente y oportunamente archívese.-"

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