ROJAS, CARLOS ANTONIO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Reclamó el actor reajustes varios de su prestación previsional contra ANSeS. La Cámara Federal de Mendoza rechazó el recurso de apelación de ANSeS, impuso las costas a la demandada y no reguló honorarios de la representación de la actora por no haber intervenido en la instancia.
¿Quién es el actor?
ROJAS, CARLOS ANTONIO.
¿A quién se demanda?
ANSeS.
- Objeto de la demanda: Reajustes varios de la prestación previsional (recalculo del haber inicial de autónomos, actualización de la PBU, exención del retroactivo del impuesto a las ganancias, inconstitucionalidad de normas como art. 2 Ley 27.426 y Decretos 163/20 y 495/20).
¿Qué se resolvió?
Se rechazó el recurso de apelación deducido por la representante de ANSeS; se impusieron las costas a la demandada vencida (art. 36 Ley 27.423); no se regularon honorarios de la representación letrada de la actora por no haber intervenido en esta instancia; respecto de los honorarios de ANSeS se aplicará el art. 2 de la ley arancelaria.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes):
"De lo expuesto se desprende que los lineamientos desarrollados (que fueron convalidados por el Alto Tribunal en el precedente “Makler”, tienen plena vigencia para la aplicación de los artículos 24 inc. b) que obliga a considerar la totalidad de las cotizaciones ingresadas y 30 de la Ley nº 24.241 y sus modificatorias, pues conducen a establecer el valor representativo del “promedio mensual de los montos actualizados de las categorías en que revistó el afiliado” correspondientes a “todos los servicios con aportes computados” a los que alude la disposición citada en primer término a la fecha de adquisición del derecho."
"En cuanto al agravio que versa sobre la imposibilidad de afectar el retroactivo con el impuesto a las ganancias, cabe destacar que no resulta necesario hacer comparecer a la AFIP aunque sea el órgano ejecutor de la ley impositiva, toda vez que no se declara la inconstitucionalidad de la norma, sino que la línea argumentativa que permite evadir al retroactivo del impuesto aludido es la propia naturaleza de las sumas devueltas que no son materia de afectación tributaria."
"Que debe desestimarse el agravio relativo a la omisión de aplicación del límite de la doctrina del fallo “Villanustre”... Pero no es aplicable al régimen de la Ley 24241, en el cual el haber inicial no está determinado en un porcentaje de cierto haber de referencia (cfr. sus arts. 20 y cc., 24 y cc. y 30 y cc.)."
"Las costas de la presente instancia se impondrán a la demandada vencida (Fallo “MORALES, BLANCA AZUCENA C/ ANSES S/ IMPUGNACION DE ACTO ADMINISTRATIVO” art. 36 de la ley nº 27.423)."
- Votos: El Dr. Juan Ignacio Pérez Curci fundó la resolución y los Dres. Manuel Alberto Pizarro y Gustavo Enrique Castiñeira de Dios adhirieron a su voto; no constan disidencias.
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