BAIGORRIA, LIBORIO ESTEBAN c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Reclamó el actor reajustes de haberes previsionales y redeterminación del haber inicial y la PBU. La Cámara Federal de Mendoza rechazó el recurso de ANSeS y confirmó la sentencia de primera instancia, manteniendo la aplicación del índice ISBIC (doctrina “Elliff”), la declaración de inconstitucionalidad parcial de normas y la imposición de costas a ANSeS.
¿Quién es el actor?
Liborio Esteban Baigorria.
¿A quién se demanda?
ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Reajustes y redeterminación del haber jubilatorio inicial, actualización de la PBU y declaración de inconstitucionalidad de normas y decretos relativos a la movilidad previsional (entre ellos Dto. 807/16, Resol. ANSeS 56/2018, Resol. SSS 1/2018, artículos de la ley 27.426 y decreto/leyes de emergencia).
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de Mendoza (Sala A) NO HIZO LUGAR al recurso de apelación deducido por ANSeS y, por tanto, confirmó la sentencia de primera instancia; impuso las costas a la demandada vencida y no reguló honorarios de la actora por no haber intervenido en esta instancia.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes del fallo):
- "a.
- En relación al agravio sobre la determinación del haber inicial de los aportes realizados en relación de dependencia corresponde ratificar lo dispuesto por el Sr. Juez a quo, ya que se ha aplicado correctamente la doctrina del leading case 'Elliff'. Allí se ordenó la aplicación sin la limitación temporal del índice de los salarios básicos de la industria y la construcción
- personal no calificado-, adoptado por la resolución de ANSES 140/95."
- "Por lo expuesto, propongo no hacer lugar al planteo del recurrente y, en consecuencia, corresponde declarar la inconstitucionalidad de oficio del Decreto 807/16, de la Resolución de ANSES 56/2018 y de la Secretaria de la Seguridad Social 1/2018, de conformidad con lo establecido por la Corte Suprema de Justicia en el fallo 'Rodriguez Pereyra' (...), debiendo mantener el índice ISBIC para la actualización del haber inicial (conforme al precedente 'Elliff')."
- "h.
- En cuanto al agravio que versa sobre la imposibilidad de afectar el retroactivo con el impuesto a las ganancias, cabe destacar que no resulta necesario hacer comparecer a la AFIP aunque sea el órgano ejecutor de la ley impositiva, toda vez que no se declara la inconstitucionalidad de la norma, sino que la línea argumentativa que permite evadir al retroactivo del impuesto aludido es la propia naturaleza de las sumas devueltas que no son materia de afectación tributaria."
- "i.
- En cuanto al agravio de la imposición de las costas entiendo que no le asiste razón al Anses y que las mismas se impondrán a la demandada vencida (Fallo 'MORALES, BLANCA AZUCENA C/ ANSES S/ IMPUGNACION DE ACTO ADMINISTRATIVO' art. 36 de la ley nº 27.423)."
- Disidencias: No se registran votos en disidencia; los Dres. Pizarro y Castiñeira de Dios adhieren al voto del Dr. Pérez Curci.
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