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GIUDICE, ROQUE ORLANDO c/ ANSES s/RETIRO POR INVALIDEZ (ART 49 P.4. LEY 24,241)

El afiliado apeló el dictamen de la Comisión Médica Central en causa por retiro por invalidez (art. 49.4 Ley 24.241). La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó el dictamen administrativo, aceptó el informe del Cuerpo Médico Forense que fijó incapacidad en 67,66% y ordenó devolver las actuaciones al organismo de origen; impuso las costas por su orden.

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¿Quién es el actor?

GIUDICE, ROQUE ORLANDO (afiliado, recurrente).

¿A quién se demanda?

ANSES (Comisión Médica Central y organismo previsional).
- Objeto de la demanda: Recurso de apelación contra el dictamen de la Comisión Médica Central en expediente por retiro por invalidez (art. 49 punto 4 Ley 24.241), impugnando el porcentaje de incapacidad fijado administrativamente.

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó el dictamen de la Comisión Médica Central, impuso las costas de esta instancia por su orden y devolvió las actuaciones al organismo de origen a sus efectos.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes del fallo): "Del informe técnico producido por los profesionales intervinientes de dicho organismo, surge que las patologías que afectan a la recurrente, minuciosamente por ellos descritas y valoradas conjuntamente con los factores complementarios que establece el Anexo 1 del decreto 478/1998, según las circunstancias particulares del caso, provocan a la recurrente una incapacidad del 67,66% de la total obrera." "En efecto, el dictamen producido cumple con los requisitos del art. 472 del C.P.C.C.N., tiene plena eficacia probatoria en los términos del art. 477 del mismo código y sobre su base se concluye que corresponde revocar el dictamen administrativo que ha sido objeto de apelación." "Las costas se impondrán por su orden en atención a la naturaleza de la cuestión debatida."
- No se consignan votos en disidencia en la parte final; la decisión adoptada es la revocatoria del dictamen administrativo fundándose en el informe del Cuerpo Médico Forense y la eficacia probatoria del mismo.

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