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ROUAN MONICA CECILIA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La actora demandó a ANSES por reajustes varios de su haber previsional. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia apelada, ordenó recalcular componentes del haber según la doctrina aplicable y dispuso costas en la alzada y honorarios del 30% para la dirección letrada de la actora.

Reajustes previsionales Movilidad Ley 27.426 Ley 27.609 Anses Costas Honorarios 30% Retroactividad Seguridad social Inconstitucionalidad (disidencia)


¿Quién es el actor?

Rouan Mónica Cecilia (la actora).

¿A quién se demanda?

ANSES.
- Objeto de la demanda: Reclamo por reajustes varios del haber previsional (cálculo del haber inicial, actualización de montos y aplicación de índices y movilidad).

¿Qué se resolvió?

La Cámara declaró formalmente admisibles los recursos deducidos y, por mayoría, revocó parcialmente la sentencia apelada con el alcance expresado en los considerandos; impuso las costas en la Alzada por su orden y reguló los honorarios de la dirección letrada de la actora en el 30% de lo que se hubiese regulado en la instancia anterior.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): "Con respecto al agravio expresado en relación con la actualización de la PBU, cabe tener presente lo decidido por la Corte en los precedentes “Quiroga, Carlos Alberto”, “Sandoval, Norma Mabel c/ ANSeS s/ Reajustes Varios” y “Pichersky, Alberto Raúl c/ A.N.Se.S s/ Reajustes Varios”, sentencias del 11 de noviembre de 2014, 18 de abril de 2017 y 23 de mayo de 2017, respectivamente, donde concluyó que debía considerarse, de manera concreta, qué incidencia tenía la ausencia de incrementos de uno de los componentes de la jubilación sobre el total del haber inicial y en caso de haberse producido una merma, constatar si el nivel de quita resultaba confiscatorio. Análisis éste que debe hacerse en la etapa de ejecución de sentencia, mediante la utilización del nivel general del índice de salarios elaborado por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos, para el período 2002-2006 y con posterioridad, de los respectivos aumentos generales otorgados por la ley 26.198, decretos 1346/07, 279/08 y leyes 26.417, 27.426, 27.609 y sus modificatorias. (Fallos 330:4866)." "Por ende, toda vez que la reforma que el actor cuestiona entró en vigencia con anterioridad al devengamiento de la movilidad otorgada por la ley 26.417, fecha ésta en la que tal derecho hubiese ingresado definitivamente a su patrimonio, no existe en el caso violación alguna del derecho de propiedad del actor susceptible de invalidar la norma retroactiva, así como ningún otro derecho amparado por garantías constitucionales en la actualidad, conforme surge de los considerandos que anteceden." "En materia de costas correspondiente a la anterior instancia, en atención a la remisión que efectúa el art. 36 de la ley 27.423 a lo normado por el libro I, título II, capítulo V del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación y luego de ponderar el resultado obtenido por las partes en la sentencia en crisis, corresponde imponerlas por su orden (arts. 68 y 71 del CPCCN ...). Las labores de la alzada realizadas por la dirección letrada de la actora se estiman en el 30% de lo que se regule en la instancia anterior por dicha actuación (art. 30 de la ley 27.423)."
- Disidencia: La Dra. Victoria Perez Tognola formuló en disidencia parcial su voto sobre la inconstitucionalidad del art. 2 de la ley 27.426, expresando textualmente: "declaro la inconstitucionalidad del art. 2 de la mencionada ley, en tanto su aplicación retroactiva tiene un neto carácter regresivo, al afectar la movilidad dispuesta por la ley anterior, traduciéndose en un perjuicio económico confiscatorio para el beneficiario, que reduce en forma retroactiva el monto del haber que le hubiese correspondido." Esa posición quedó en disidencia parcial y no integra la decisión de mayoría.

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