ARCA s/EJECUCION FISCAL - ARCA (Ex A.F.I.P.)
Ejecución fiscal contra la parte ejecutada por deuda registrada en boleta de deuda. El Juzgado declaró expedita la ejecución y habilitó a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero para proceder hasta obtener el íntegro pago, imponiendo las costas a la ejecutada.
¿Quién es el actor?
Agencia de Recaudación y Control Aduanero (acreedor ejecutante).
¿A quién se demanda?
la parte ejecutada / demandada (no individualizada en el dispositivo).
- Objeto de la demanda: ejecución de deuda originada en una boleta de deuda; requerimiento de pago del capital reclamado más intereses.
¿Qué se resolvió?
Se declaró expedita la ejecución de la deuda contra la demandada y se habilitó a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero para llevarla adelante hasta obtener el íntegro pago del capital requerido en la boleta de deuda con más sus intereses. Se impusieron las costas del proceso a la ejecutada. Se ordenó registro, notificación administrativa y archivo oportuno.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos relevantes):
"Que la ejecutada fue debidamente intimada de pago tal como surge del mandamiento obrante en autos, no habiendo opuesto excepciones la parte demandada dentro del término legal, de conformidad con lo dispuesto por el art. 92 de la ley 11.683, modificada por ley 25.239."
"Que de conformidad con lo previsto en el último párrafo del artículo citado, corresponde expedir la constancia de tal situación y declarar expedita la vía."
(Conclusión dispositiva) "Declarar expedita la ejecución de la deuda contra la demandada quedando la Agencia de Recaudación y Control Aduanero habilitada para llevarla adelante hasta obtener el íntegro pago del capital requerido en la boleta de deuda motivo de los presentes obrados con más sus intereses.
- Imponer las costas del proceso a la ejecutada.
- Regístrese, notifíquese administrativamente y oportunamente archívese.-"
- Votos en disidencia: No se consignan votos en disidencia en el expediente analizado.
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