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ARCA s/EJECUCION FISCAL - ARCA (Ex A.F.I.P.)

Ejecución fiscal promovida por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero contra una parte ejecutada por deuda consignada en boleta de deuda. El Juzgado Federal de Moreno declaró expedita la ejecución, habilitó a la Agencia para proceder hasta cobrar el íntegro del capital y los intereses, e impuso las costas a la ejecutada.

Ejecucion fiscal Via expedita Agencia de recaudacion y control aduanero Ley 11.683 Art. 92 Intimacion de pago Boleta de deuda Costas a la ejecutada Juzgado federal de moreno Ejecucion administrativa


¿Quién es el actor?

Agencia de Recaudación y Control Aduanero (actuando como parte ejecutante).

¿A quién se demanda?

la demandada / ejecutada (no se individualiza por nombre en el pronunciamiento).
- Objeto de la demanda: ejecución de deuda contenida en una boleta de deuda; solicitud de declaración de vía expedita para llevar adelante la ejecución fiscal y cobro del capital más intereses.

¿Qué se resolvió?

Se declaró expedita la ejecución de la deuda contra la demandada, quedando la Agencia de Recaudación y Control Aduanero habilitada para llevarla adelante hasta obtener el íntegro pago del capital requerido en la boleta de deuda con más sus intereses; se impusieron las costas a la ejecutada; se ordenó registro, notificación administrativa y archivo oportuno.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes): "Que la ejecutada fue debidamente intimada de pago tal como surge del mandamiento obrante en autos, no habiendo opuesto excepciones la parte demandada dentro del término legal, de conformidad con lo dispuesto por el art. 92 de la ley 11.683, modificada por ley 25.239." "Que de conformidad con lo previsto en el último párrafo del artículo citado, corresponde expedir la constancia de tal situación y declarar expedita la vía." "Por ello y citas legales invocadas, RESUELVO: Declarar expedita la ejecución de la deuda contra la demandada quedando la Agencia de Recaudación y Control Aduanero habilitada para llevarla adelante hasta obtener el íntegro pago del capital requerido en la boleta de deuda motivo de los presentes obrados con más sus intereses.
- Imponer las costas del proceso a la ejecutada.
- Regístrese, notifíquese administrativamente y oportunamente archívese.-"
- Disidencias: No consta voto en disidencia.

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