Logo

CATTANEO ROBERTO JUAN c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Reclamó el reajuste del haber previsional y la declaración de inconstitucionalidad de normas aplicables. El Juzgado Federal de la Seguridad Social hizo lugar parcialmente a la demanda, ordenó a ANSeS recalcular y actualizar el haber inicial en 120 días y resolvió diversas cuestiones sobre prescripción, movilidad e inconstitucionalidades conforme los lineamientos del decisorio.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Cattaneo Roberto Juan (parte actora / reclamante jubilado). Demandado: Administración Nacional de la Seguridad Social (A.N.Se.S.). Objeto: Reajuste del haber previsional asignado bajo la ley 24.241, impugnación/inconstitucionalidad de normas reglamentarias y petición de condena al pago de las diferencias (acreencias retroactivas), con reserva del caso federal. Decisión: Se hace lugar parcialmente a la demanda. Se ordena a ANSeS que, dentro del plazo de ciento veinte días desde que exista sentencia firme, proceda al recálculo del haber inicial asignado conforme los lineamientos del fallo; una vez recalculado (y no pudiendo resultar suma inferior a la efectivamente percibida) deberá actualizarse con los aumentos emergentes de la movilidad determinada en el decisorio; los haberes actualizados deberán abonarse dentro del plazo señalado; para el cómputo de las acreencias retroactivas ANSeS deberá contemplar los intereses fijados y lo resuelto sobre prescripción; ANSeS deberá efectuar los requerimientos presupuestarios pertinentes; costas a la vencida; regulación de honorarios conforme lo indicado. (Ver texto resolutorio transcripto arriba.)
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): Sobre prescripción: "La demandada opuso la defensa de prescripción. Decido sobre su operatividad
- de conformidad con la inveterada jurisprudencia del Fuero a la que me remito
- y hago lugar a la misma desde los dos años anteriores a la interposición del reclamo administrativo, que concluyó en la resolución que en este proceso se impugna, dejando a salvo desde ya que su límite sea la fecha de adquisición del beneficio." Sobre alcance temporal y normativa aplicable: "De allí hasta el 30/6/08 el índice del RIPTE y del 1/7/08 en adelante el equivalente a la movilidad que se establece en el marco de la ley 26.417, modificado por las normas de marras, en concordancia con lo establecido en el art. 2º del Decreto 807/16 (CSJN fallo 'Blanco, Lucio Orlando'...)". Sobre PBU y precedentes: "Teniendo en cuenta lo actualmente dispuesto por las tres Salas de la Cámara Federal de la Seguridad Social ... resultaría de aplicación el precedente de la CSJN 'Quiroga Carlos Alberto c/ Anses s/ Reajustes Varios'... tomando en cuenta el índice dispuesto por la CSJN in re 'Badaro, Adolfo Valentín c/ Anses s/ Reajustes Varios' sent. Del 8 de Agosto de 2006." Sobre inconstitucionalidad del Dto. 807/16: "Queda analizar la constitucionalidad del Decreto 807/16. ... así resuelvo por cuanto acompaño la decisión del Superior declarando por este acto la inconstitucionalidad del Decreto 807/16 ... De allí en adelante se aplicarán las leyes 26.417, 27.426, 27.609, sig. y concordantes." Sobre cómputo y actualización de aportes autónomos: "En consecuencia, de existir el tramo de cotizaciones comprendido hasta el 31/6/94, deberán considerarse la totalidad de los años y categorías a las cuales aportó el afiliado... Ese total deberá ser dividido por la cantidad de meses totales aportados hasta el 31/6/94 a fin de determinar la cantidad promedio de haberes mínimos y dicho valor será multiplicado por el haber mínimo vigente a esa fecha. Su resultado se actualizará hasta la fecha de adquisición del derecho conforme lo resuelto en el precedente CSJN fallo 'Blanco, Lucio Orlando...'." Sobre intereses y forma de liquidación: "Los intereses sobre las diferencias que surjan se liquidarán conforme la tasa pasiva promedio mensual capitalizable que publica el Banco Central de la República Argentina y me remito al precedente de la Excma. CSJN en autos 'Spitale, Josefa Elida c/Anses s/impugnación de resolución'...". Sobre inconstitucionalidad de la Resolución SSS 6/09 (art.14.2): "Es evidente que la resolución cuestionada, al establecer un tope a las actualizaciones de las remuneraciones, excede la facultad reglamentaria... y lo declaro inconstitucional en este acto." Sobre PBU y posibilidad de declaración de inconstitucionalidad en ejecución: "En virtud de lo allí dispuesto, corresponde un análisis numérico actuarial... diferir su tratamiento para el momento de practicarse liquidación, en donde toda merma superior al 15% ameritara analizar la declaración de inconstitucionalidad del artículo cuestionado, (conforme los lineamientos del fallo 'Actis Caporale'...)."
- Disidencias relevantes: No se consignan votos en disidencia; el decisorio es dictado por el Juzgado Federal Subrogante y la Parte Resolutiva final

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar