TERPIN , LUCY LEDA BEATRIZ c/ ANSES s/EJECUCION DE SENTENCIA
La actora ejecutó sentencia contra ANSES para cobrar sumas reconocidas en sentencia ejecutoria. La Cámara Federal de Paraná rechazó la apelación interpuesta por ANSES, confirmó la sentencia, declaró la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018 y ordenó imponer las costas a ANSES, además de regular honorarios a la letrada actora.
¿Quién es el actor?
TERPIN, LUCY LEDA BEATRIZ (parte actora ejecutante).
¿A quién se demanda?
ANSES (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Ejecución de sentencia para el pago de sumas de dinero reconocidas en sentencia de fondo; impugnación de la liquidación practicada (incluye cuestionamiento sobre retención del impuesto a las ganancias), distribución de costas y regulación de honorarios.
¿Qué se resolvió?
Se rechazó el recurso de apelación interpuesto por ANSES y se confirmó la sentencia dictada en primera instancia; se declaró la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018 y, conforme al art. 36 de la ley 27.423 y al art. 68 CPCCN, se impusieron las costas de la presente instancia a ANSES; se regularon honorarios a la Dra. María Virginia KISSER por 8 UMA ($617.832) y no se regularon honorarios a los letrados de la parte demandada en virtud del art. 2 de la ley 27.423. Se dejó constancia de la reserva del caso federal.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes del fallo):
"IV
- a) Que, en cuanto al agravio ANSES sobre la falta de retención en concepto de impuesto a las ganancias, se advierte que la planilla realizada por la perito contadora resulta ajustada a las pautas fijadas en la sentencia de fondo. En consecuencia, se rechaza el agravio, con la salvedad de que el organismo de retención conserva la facultad de efectuar el descuento que corresponda oportunamente."
"c) Que, al abordar la apelación de los honorarios establecidos a la letrada de la parte actora, se impone señalar que la cuestión que aquí se analiza se encuentra debidamente enmarcada en las previsiones de la ley 27.423... Que, a los fines regulatorios, el monto que se debe tener en cuenta es el que arroja la liquidación aprobada en autos y que incluye capital más intereses, conforme lo dispuesto por el art. 24 de la normativa vigente, el que estipula que 'A los efectos de la regulación de honorarios, se tendrán en cuenta los intereses que deban calcularse sobre el monto de condena. Los intereses fijados en la sentencia deberán siempre integrar la base regulatoria, bajo pena de nulidad'... Al aplicar, sobre la mitad de la escala del art. 21, conforme lo establece el art. 41, los porcentajes correspondientes, se evidencia que la regulación efectuada en primera instancia -24,54 UMA
- no resulta elevada. Por ello, se desestima el agravio."
"V
- Que, de conformidad con lo resuelto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en la causa 'Morales, Blanca Azucena c/ ANSeS s/ impugnación de acto administrativo' (FCR 2149166/2011, sentencia del 22/06/2023), corresponde declarar la inconstitucionalidad del art. 3º del DNU 157/2018, aplicar el art. 36 de la ley 27.423 y, en consecuencia, imponer las costas de la presente instancia a la ANSES; conforme lo establecido en el art. 68, primer párrafo, del CPCCN."
"VI
- Que, finalmente, corresponde regular honorarios a la Dra. María Virginia KISSER en la cantidad de 8 UMA equivalentes a la suma de PESOS SEISCIENTOS DIECISIETE MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y DOS ($617.832) de conformidad con lo dispuesto por los arts. 30 y 51 de la ley 27.423, Ac. 30/2023 de la CSJN y Res. SGA 2226/2025; sin regularse honorarios a los letrados de la parte demandada de conformidad a lo dispuesto en el art. 2 de la citada norma."
- Disidencias: No consta disidencia en el acuerdo final; los votos firmantes adhieren al pronunciamiento mayoritario (figuran los tres jueces con su voto).
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