Logo

IMPUTADO: RAMIREZ, LAUTARO ALEJO s/INFRACCION LEY 23.737

El peticionario solicitó la restitución del vehículo RENAULT SANDERO dominio ISP900, secuestrado en la causa por infracción a la ley 23.737. El Juez hizo lugar al pedido subsidiario y autorizó la entrega del rodado a Lautaro Alejo Ramírez en calidad de depositario judicial, con obligación de exhibición a requerimiento del Ministerio Público Fiscal o autoridad judicial.

Restitucion Deposito judicial Vehiculo secuestrado Ley 23.737 Ministerio publico fiscal Titular registral Exhibicion Art. 156 cppf Acta de entrega Juez de garantias


¿Quién es el actor?

Lautaro Alejo Ramírez (peticionario, titular registral, DNI 44.985.423).
- Demandado/Contraparte: Ministerio Público Fiscal (intervino y expresó no tener objeciones).
- Objeto de la demanda: restitución/entrega del vehículo marca RENAULT, modelo SANDERO 1.6, dominio ISP900, secuestrado en la causa caratulada “RAMIREZ, LAUTARO ALEJO S/INFRACCIÓN LEY 23737”.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a lo solicitado en subsidio y se dispuso la entrega del vehículo al peticionario en calidad de depositario judicial, debiendo exhibirlo a requerimiento del Ministerio Público Fiscal o de la autoridad judicial; se ordenó al MPF a cargo materializar la entrega y labrar el acta correspondiente poniendo en conocimiento las obligaciones y penalidades (art. 156 CPPF; art. 263 CP).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes): "Efectuado un análisis de la pretensión a partir de las constancias de autos, y no existiendo objeciones del Ministerio Público Fiscal, corresponde HACER LUGAR a lo solicitado en subsidio y, en consecuencia, disponer la entrega del rodado al peticionario (titular registral) en calidad de depositario judicial (art. 156 C.P.P.F.), debiéndose librar los oficios pertinentes." "Al respecto, cabe valorar la documentación aportada por la Defensa del Sr. Lautaro Ramírez, así como el informe recibido del Registro Automotor N° 01, San Martin, provincia de Mendoza, lo que acredita que el nombrado es el titular registral del rodado en cuestión." "Y por otro lado debe valorarse lo expuesto por la representante del Ministerio Público Fiscal, en cuanto manifiesta que no tiene objeciones que formular a la restitución al peticionante del rodado, pero como depositario judicial. Solución esta que resulta razonable, quedando obligado el depositario a exhibirlo a requerimiento del Ministerio Público Fiscal o de la autoridad judicial."
- No hubo votos en disidencia relevantes consignados en el expediente.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar