GOMEZ EUGENIO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Reclamo de reajuste de haberes previsionales contra ANSES por parte de Gómez Eugenio y su cónyuge supérstite. El Juzgado Federal de la Seguridad Social 2 hizo lugar parcialmente y ordenó a ANSES recalcular el haber inicial y actualizar los haberes y acreencias conforme a los lineamientos y movilidad fijados en el decisorio.
¿Quién es el actor?
Sr. Gómez Eugenio (continuada por su cónyuge supérstite Sra. Barrios Maria Bernardina).
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (A.N.Se.S.).
- Objeto de la demanda: Reajuste y recálculo de haberes previsionales asignados en el marco de la ley 24.241, impugnación de normas reglamentarias y declaración de inconstitucionalidad de dispositivos; pago de las diferencias resultantes, intereses y honorarios.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar parcialmente a la demanda y se ordenó a la ANSES que, dentro de ciento veinte días desde que exista sentencia firme, proceda al recálculo del haber inicial asignado conforme a los lineamientos fijados en los considerandos; que una vez recalculado se actualice con la movilidad determinada en el fallo y que las acreencias retroactivas incluyan los intereses y la consideración de prescripción conforme lo resuelto. Se impusieron costas a la vencida y se regularon honorarios (15% del crédito).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes del fallo):
1) "La demandada opuso la defensa de prescripción. Decido sobre su operatividad – de conformidad con la inveterada jurisprudencia del Fuero a la que me remito
- y hago lugar a la misma desde los dos años anteriores a la interposición del reclamo administrativo, que concluyó en la resolución que en este proceso se impugna, dejando a salvo desde ya que su límite sea la fecha de adquisición del beneficio."
2) "Sobre la materia, el precedente “Blanco, Lucio Orlando C.ANSeS S.Reajustes Varios” (sent. Del 18/12/2018 de la CSJN) da cuenta la metodología que actualización impone aplicar los parámetros del precedente Elliff hasta el 3/09 y de allí en adelante los aumentos consecutivos fijados por la ley 26.417 valorando que se ha sancionado la Ley N° 27.426 y el Decreto reglamentario N° 807/16 que incorpora su operatoria a este fin.-"
3) "En relación a la pretensión sobre la actualización del componente PBU, que dejo a salvo mi criterio por el que entiendo que en virtud de lo dispuesto por el artículo 4º de la ley 26.417, la PBU dejó de estar vinculada con el valor del AMPO /MOPRE, y pasó a tener un valor fijo ($326). ... por lo que no correspondería hacer lugar al recálculo de la prestación. Ahora bien, teniendo en cuenta lo actualmente dispuesto por las tres Salas de la Cámara Federal de la Seguridad Social ... resultaría de aplicación el precedente de la CSJN 'Quiroga Carlos Alberto c/ Anses s/ Reajustes Varios', sent. Del 11-11-2014..."
4) "Por lo expuesto, citas legales y jurisprudenciales, RESUELVO: 1) Hago lugar parcialmente a la demanda interpuesta por el Sr. Gómez Eugenio continuada por su cónyuge supérstite Sra.Barrios Maria Bernardina y en consecuencia, ordeno a la A.N.Se.S. a que en el plazo de ciento veinte días desde que exista sentencia firme en autos ... proceda al recalculo del haber inicial asignado, de conformidad con los lineamientos fijados en los considerandos."
- Disidencias: No se registran votos en disidencia en el texto; la parte resolutiva es la decisión del tribunal.
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