LIRES SENLLE HECTOR c/ ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJERCITO s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
El actor demandó al Estado Nacional - Ministerio de Defensa - Estado Mayor General del Ejército solicitando el reconocimiento de la condición de Veterano de Guerra y la Pensión de Guerra con sus retroactivos. El Juzgado Federal de la Seguridad Social rechazó la demanda por no acreditarse que el actor “entró efectivamente en combate”, impuso las costas y reguló honorarios en $800.000.
¿Quién es el actor?
LIRES SENLLE Héctor.
¿A quién se demanda?
Estado Nacional
- Ministerio de Defensa
- Estado Mayor General del Ejército.
- Objeto de la demanda: reconocimiento de la condición de Veterano de Guerra del Conflicto Bélico del Atlántico Sur, extensión del correspondiente certificado y otorgamiento de la Pensión de Guerra con retroactivos e intereses; además, se solicitó la declaración de inconstitucionalidad del Decreto 509/88.
- Qué se resolvió (decisión del tribunal): Se rechazó la demanda; se impusieron las costas por su orden conforme art. 68, segundo párrafo del CPCCN; y se regularon los honorarios de la representación letrada de la parte actora en la suma de pesos ochocientos mil ($800.000).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes y citas textuales):
"II.
- En orden a la cuestión a resolver, cabe señalar que el artículo 1º de la citada ley 23.848, sustituido por el art. 1º de la ley 24.652, otorgó una pensión de guerra a los '…exsoldados conscriptos de las fuerzas armadas que hayan estado destinados en el teatro de Operaciones Malvinas (TOM) o entrado efectivamente en combate en el área del Teatro de Operaciones del Atlántico Sur (TOAS), y a los civiles que se encontraban cumpliendo funciones de servicio y/o apoyo en los lugares antes mencionados, entre el 2 de abril y el 14 de junio de 1982, debidamente certificado según lo establecido en el decreto 2634/90…'."
"Con relación al tema en debate, no puede desconocerse la interpretación efectuada en torno a la referida normativa por la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación. Así, en la causa 'Gerez Carmelo Antonio c/ Estado Nacional – Mº de Defensa s/impugnación de resolución administrativa' (Fallos 333:2141 y 338:412), consideró, a los fines del reconocimiento del carácter de veterano de guerra, un triple orden de requisitos, a saber: el temporal -haber cumplido funciones entre el 2 de abril y el 14 de junio de 1982-, el geográfico, integrado por el Teatro de Operaciones de Malvinas (TOM) y el Teatro de Operaciones del Atlántico Sur (TOAS) y el de acción, que reclama haber 'entrado efectivamente en combate'."
"III.
- ... De la documental acompañada por la parte actora, surge el certificado de servicios emitido por la Dirección General del Ejército que da cuenta que el actor prestó funciones en el RC TAN 8 y que fue afectado al Teatro de Operaciones del Atlántico Sur (v. Fs. 12). Por su lado, mediante el oficio de la Dirección del Personal Militar del Ejército Argentino incorporado en fecha 1/2/2024 se informa que de acuerdo con los registros ... no es posible determinar la autenticidad del certificado vinculado al ciudadano Héctor LIRES SENLLE (DNI: 16.139.091). Asimismo, se hace saber que el mencionado ciudadano no sería considerado 'VGM' de acuerdo a la Nómina de Veteranos de Guerra que figura en la página oficial del Ministerio de Defensa, como así tampoco del traslado con su Unidad durante el conflicto con el RUGB por la Islas Malvinas año 1982."
"Por lo demás, no se desprenden de las constancias de la causa otros elementos probatorios que acrediten que el titular haya entrado efectivamente en combate o que hubiere desplegado acciones de soporte respecto de quienes sí lo hicieron."
"En virtud de lo anterior, considero que corresponde desestimar la demanda incoada."
- Votos en disidencia: No constan votos en disidencia; la sentencia es única y dictada por la Jueza Federal Subrogante Valeria A. Bertolini.
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