LATORRE EDIT MABEL c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora demandó a ANSeS por el reajuste de su haber previsional y declaración de inconstitucionalidad de normas de ley 24.241/24.463. El Juzgado federal hizo parcialmente lugar a la demanda, dejó sin efecto la resolución impugnada, ordenó el recálculo del haber y el pago del retroactivo conforme pautas del decisorio y diferió el tratamiento de las inconstitucionalidades para la ejecución.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Latorre Edit Mabel (parte actora).
Demandado: Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
Objeto: Reajuste del haber previsional —actualización del valor de la Prestación Básica Universal (PBU), recalculo de la Prestación Compensatoria (PC) y Prestación Adicional por Permanencia (PAP)—, movilidad del haber inicial y declaración de inconstitucionalidad de diversos artículos de las leyes 24.241 y 24.463 y normativa complementaria.
Decisión: Se hizo parcialmente lugar a la demanda, dejando sin efecto la resolución impugnada; se ordenó a ANSeS que abone a la parte actora el haber recalculado y el retroactivo conforme las pautas del decisorio dentro de los 120 días hábiles desde que la sentencia quede firme; se diferirá el tratamiento de las inconstitucionalidades para la etapa de ejecución; se indicó que las sumas favorables deberán abonarse íntegramente sin quita, conforme precedentes de la Corte Suprema, sin exceder porcentajes previstos en las leyes de fondo; se impusieron costas a ANSeS y se difirió la regulación de honorarios para la ejecución.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos/textos relevantes):
"La parte actora inició demanda contra la Administración Nacional de la Seguridad Social solicitando el reajuste de su haber previsional, en tanto la falta de movilidad y/o actualización de su beneficio, que señaló fue otorgado bajo las disposiciones de la ley 24.241, le causa una grave lesión a sus derechos amparados en la Constitución Nacional."
"En consecuencia, de conformidad al criterio uniforme de las tres Salas de la Exma. Cámara de Apelaciones del Fuero, la PBU habrá de ser determinada en función del guarismo que resulte de actualizar del último valor publicado del MOPRE ($80), utilizando el índice dispuesto por el Máximo Tribunal en el precedente 'Badaro', -por el período comprendido entre el 1 de enero de 2002 y 31 de diciembre de 2006-, y con posterioridad -en caso de corresponder
- los aumentos generales de ley hasta la fecha de adquisición del beneficio..."
"El haber calculado de conformidad con las pautas diseñadas en el presente decisorio, como asimismo las sumas que eventualmente resulten a favor de la parte actora, deberán ser íntegramente abonadas, sin quita alguna, de conformidad con lo establecido por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en autos 'Pellegrini, Américo c/ Anses / Reajustes Varios', sentencia del 28.11.2006."
"En relación con la impugnación de la normativa que establece los índices de actualización de las remuneraciones, no se evidencia un perjuicio concreto que permita hacer lugar a lo solicitado por la parte actora. Es reiterada la jurisprudencia de la Corte Suprema... la declaración de inconstitucionalidad de una ley es un acto de suma gravedad institucional y debe ser considerada como última ratio..."
Sobre topes/confiscatoriedad y ejecución: "La cuestión será diferida y definida en la etapa de ejecución de la sentencia... en caso de verificarse una diferencia igual o superior al 15 %, la misma podrá ser calificada de confiscatoria... y en cuyo caso el juez deberá escoger el mecanismo adecuado para repararla..."
- Disidencias: no se consignan votos disidentes; la sentencia es de una sola firma.
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